La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por Lotería de Concepción y ordenó a las principales compañías de telecomunicaciones del país bloquear el acceso a sitios de apuestas online que operan sin autorización en Chile.
El fallo revocó lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago, que había rechazado la acción judicial.
El caso tiene su origen cuando Lotería de Concepción, representada por el abogado Gonzalo Cisternas, acusó a Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR de “incurrir en una actitud omisiva” al no responder a su solicitud de bloquear diversos portales de apuestas.
La institución sostuvo que “los juegos de azar en Chile se encuentran prohibidos, a excepción de entidades expresamente autorizadas por ley” y que la inacción de las empresas vulneraba los derechos de igualdad ante la ley, libertad de emprendimiento y propiedad de la institución.
La Corte de Apelaciones rechazó inicialmente el recurso, señalando que la determinación sobre la legalidad de los sitios debía resolverse en otra vía, como la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel). El tribunal sostuvo que la acción de protección no era idónea para un conflicto de este tipo.
Lotería argumentó que empresas ya bloqueaban otros sitios ilegales, como la pornografía infantil
En su apelación, Lotería de Concepción alegó que la explotación de juegos de azar sin autorización “es ilegal per se”, citando el artículo 1466 del Código Civil y los artículos 277 y 278 del Código Penal. También acusó una interpretación errónea de la Ley General de Telecomunicaciones sobre la neutralidad de la red.
Según la empresa, si los ISP no pueden bloquear lo “legal”, entonces deben bloquear lo ilegal. Añadió que las propias empresas ya habían cumplido con bloqueos por instrucción de Subtel y en casos de pornografía infantil.
La Polla Chilena de Beneficencia, que se sumó como tercero coadyuvante, reforzó este argumento. “No se requiere declaración judicial previa de ilicitud pues ya existe jurisprudencia de la Corte Suprema (Rol 152.138-2022) que establece la ilegalidad de estas actividades y además la prohibición emana directamente de normas expresas del Código Civil, Penal y la Constitución”, señaló.

La Corte Suprema sostuvo que los juegos de azar sin autorización constituyen una actividad ilícita, salvo excepciones expresamente contempladas en la ley, como la Lotería de Concepción, la Polla Chilena de Beneficencia, los hipódromos y los casinos supervisados por la Superintendencia de Casinos de Juegos.
“Si los mismos carecen de dicha calificación, puede y debe bloquearlos, más aún cuando la solicitud proviene de una entidad autorizada para mantener, realizar y administrar un sistema de sorteos de lotería”, estableció la resolución.
El tribunal también consideró un informe de la Superintendencia de Casinos de Juego, que reiteró que ninguna plataforma de apuestas online tiene autorización en Chile, más allá de Lotería, Polla y Teletrak. Desde 2020, el organismo ha remitido antecedentes de 194 plataformas al Ministerio Público para investigaciones penales.
El fallo estableció que las empresas de telecomunicaciones “no pueden transmitir ni promover juegos de azar, salvo que acrediten autorización legal y de la autoridad administrativa, debiendo por lo tanto bloquear inmediatamente todos los sitios web solicitados por la recurrente”.
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