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Corte de Apelaciones ratificó multa a SoyFocus por no informar transacción a la UAF

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó un recurso de SoyFocus y confirmó la multa de 30 UF impuesta por la UAF por no reportar un depósito en efectivo de $35 millones.
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En fallo unánime, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por SoyFocus Administradora General de Fondos S.A.

La empresa impugnó la resolución de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), que le había impuesto una amonestación escrita y una multa de 30 UF por no incluir en el Reporte de Operaciones en Efectivo (ROE) un depósito en efectivo de $35.000.000.

La Corte, integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Tomás Gray y la abogada Claudia Candiani, consideró que la UAF actuó conforme a la legalidad en la imposición de la sanción. Según el fallo, la revisión judicial se limita a verificar la legalidad de las acciones de la administración, sin reevaluar los hechos y el derecho como en una apelación.

El fallo explica que la UAF realizó una verificación exhaustiva de la cartola de la cuenta corriente de SoyFocus en el Banco Itaú, donde se constató un depósito en efectivo por $35.000.000 realizado en enero de 2022. Este depósito no fue incluido en el reporte ROE, como exige la normativa.

El tribunal señaló que "no se observa ilegalidad alguna en el obrar de la UAF. No están cuestionadas las facultades por las cuales inició el procedimiento sancionador, ni aquellas que le permitieron imponer las sanciones a que se ha hecho referencia".

Argumentos de la defensa de SoyFocus y revisión de la UAF

SoyFocus argumentó que el depósito en cuestión no fue una operación en efectivo realizada directamente por la empresa, sino por un cliente que debía transferir los fondos electrónicamente. Sin embargo, la UAF dio mayor peso a la prueba documental del depósito en efectivo, desestimando los testimonios presentados por SoyFocus que intentaban probar lo contrario.

La resolución judicial también aborda un segundo cargo contra SoyFocus, relacionado con errores en las declaraciones de beneficiarios finales. Según el fallo, la empresa no adoptó medidas razonables para verificar la información recibida, incumpliendo lo ordenado en la Circular UAF N° 57.

El tribunal concluyó que la UAF actuó dentro de sus facultades y proporcionó fundamentos racionales para sancionar a SoyFocus. La Corte afirmó que "la Administración ha entregado fundamentos racionales para dar por acreditado este primer cargo y, consecuentemente, sancionar a SoyFocus. Y habrá que reiterarlo, no es esta Corte, para estos efectos, una segunda instancia de las decisiones de la autoridad sancionadora".

En cuanto al segundo cargo, la UAF también fundamentó su decisión, considerando que SoyFocus no adoptó las medidas necesarias para verificar la información de los beneficiarios finales, lo que se detectó durante la fiscalización.

Finalmente, el tribunal concluyó que "solo procede desestimar la reclamación", confirmando así la sanción impuesta por la UAF.

Importante
Considerando que se trata de un proceso en tramitación, todas las partes involucradas pueden utilizar recursos procesales disponibles que podrían revisar lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago.

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