La Asignación Familiar aumentó su monto en un 20% desde mayo de 2023, gracias a un reajuste como parte del paquete de medidas económicas anunciadas por el Gobierno de Chile, lo que beneficiará a tres millones de personas.
Se trata de una ayuda económica estatal destinada a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, que mantienen a personas a su cargo y cumplen con los requisitos legales establecidos.
El Sistema de Prestaciones Familiares se compone de cuatro beneficios: Asignación Familiar, Asignación Maternal, Subsidio Familiar (SUF) y Subsidio Maternal.
La Asignación Familiar está dirigida a quienes tienen ingresos, realizan aportes al sistema previsional y pueden mantener a sus familias. Por otro lado, los subsidios se otorgan a individuos o familias que carecen de ingresos y, en consecuencia, no realizan aportes ni pueden sostenerse económicamente.
El monto correspondiente a las asignaciones y subsidios es abonado a un beneficiario, por cada una de las personas que cumplan los requisitos necesarios para recibir el beneficio (habitualmente denominados causantes o cargas familiares acreditadas).
¿Cuáles son los nuevos montos de la Asignación Familiar?
Los nuevos montos por tramos son:
Tramo | Nuevo monto |
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Beneficiarios con ingresos mensuales que no excedan los $429.899 | $20.328 por carga |
Beneficiarios con ingresos mensuales entre $429.899 y $627.913 | $12.475 por carga |
Beneficiarios con ingresos mensuales entre $627.913 y $979.330 | $3.943 por carga |
Beneficiarios con ingresos mensuales superiores a $979.330 | Sin asignación |
¿Quiénes tienen derecho este beneficio?
Tienen acceso a la Asignación Familiar las siguientes personas:
- Trabajadores dependientes del sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974; que contempla entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP que hayan acreditado cargas en el IPS.
- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
- Personas naturales con niños a su cargo por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
- Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
- Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años.
Para solicitar el beneficio debes tener reconocidas y acreditadas tus cargas familiares en una caja de compensación, AFP, IPS u otra institución.