Tercer retiro del 10% de las AFP: Preguntas y respuestas

Te ayudamos con una completa guía con las preguntas más frecuentes sobre el tercer retiro del 10% de las AFP y de las rentas vitalicias.
FAQ sobre el tercer retiro del 10% de las AFP

Quedan pocas horas para que se inicie formalmente el proceso de solicitud del tercer retiro del 10% de los fondos de las AFP. La novedad es que en esta ocasión se incluyen a los pensionados con la modalidad de rentas vitalicias en compañías de seguros.

La iniciativa de este retiro busca poder apoyar a las familias más afectadas por el impacto económico que ha tenido la pandemia del Coronavirus.

Este lunes 3 de mayo, a partir de las 09:00 de la mañana, cada Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y las compañías de seguros habilitarán los formularios de solicitud del tercer retiro del 10%.

Te invitamos a leer esta completa guía que preparó el equipo de Chócale. Para la elaboración de estas preguntas y respuestas hemos utilizado información de la reforma constitucional aprobada por el Congreso Nacional, los instructivos de la Superintendencia de Pensiones y de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), las preguntas del sitio web que habilitó la Asociación de AFP, y la información disponible en las páginas de varias de las administradoras.

¿Cuánto dinero podré sacar en el tercer retiro?

Si eres afiliado o pensionado a una AFP, te contamos que los montos son idénticos al del primer y segundo retiro. Para este tercer retiro de las AFP podrás pedir hasta el 10% de tus fondos de tu cuenta individual.

De esta forma, el monto máximo de retiro será de 150 UF (alrededor de $4.420.000). El mínimo es de 35 UF, equivalentes a $1.030.000. Si tu 10% es menor a 35 UF, podrás realizar el retiro del total de tus ahorros.

Saldo en tu cuenta AFPMáximo que podrás retirar
Hasta 35 UF
(hasta $1.030.000)
Todos tus ahorros
De 35 UF a 350 UF
(de $1.030.000 a $10.300.000)
Máximo 35 UF ($1.030.000)
De 350 UF a 1.500 UF
(de $10.300.000 a $44.200.000)
Hasta el 10% de tus ahorros
Desde 1.500 UF o más
(desde $44.200.000)
Máximo 150 UF ($4.420.000)
Lo que podrás retirar en el tercer retiro si eres afiliado o pensionado de una AFP.

¿Desde cuándo podré enviar mi solicitud del tercer retiro?

El proceso se iniciará formalmente el lunes 3 de mayo de 2021, a las 09:00 de la mañana. Esto aplica tanto para los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como para los pensionados bajo la modalidad de rentas vitalicias con una compañía de seguros.

¿Hasta cuándo podré realizar el tercer retiro del 10%?

Tendrás 365 días para realizar la solicitud. Según han informado las administradoras, el trámite lo podrás hacer entre el 3 de mayo de 2021 y el 28 de abril de 2022.

¿Cuáles son los plazos del proceso?

A partir del momento en que envías tu solicitud del tercer retiro del 10% de los fondos de pensiones, las AFP y las compañías de seguro tienen cuatro días hábiles para validar la información. Deberán informarte si la solicitud es aceptada o rechazada. Si ocurre esto último, te tienen que dar a conocer los motivos en detalle para que puedas resolver las diferencias y volver a enviar la solicitud.

Para los retiros desde una AFP, el plazo para el pago es de máximo 15 días hábiles desde el momento en que enviaste la solicitud. El abono se realizará en una sola cuota según el mecanismo que seleccionaste.

Por ejemplo, si enviaste la solicitud el lunes 3 de mayo, deberías estar recibiendo el tercer retiro en tu cuenta a más tardar el lunes 24 de mayo. El pago se realizará en una sola cuota por el 100%.

En cambio, si estás solicitando el retiro desde una compañía de seguros (rentas vitalicias), el plazo para el pago es de 30 días corridos. Si la solicitud la envías el mismo 3 de mayo, deberías recibir el pago el 2 de junio de 2021.

¿Quiénes no podrán realizar el tercer retiro?

Entre otros, algunas de las personas que no podrán realizar el tercer retiro de los fondos de pensiones son:

  • Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales y funcionarios de exclusiva confianza del Jefe de Estado, a excepción de los trabajadores a honorarios.
  • Personas que no tengan fondos disponibles en su cuenta de capitalización individual de la AFP.
  • Las personas que no estén afiliadas a una AFP (trabajadores y jubilados) o los que no estén pensionados bajo la modalidad renta vitalicia.

¿Qué pasa si no tengo fondos en mi AFP?

Por el momento, no podrás realizar el tercer retiro de la AFP si te quedaste sin fondos. El gobierno presentó un proyecto de ley para entregar $200.000 a todas aquellas personas que se quedaron sin ahorro en sus cuentas individuales. Sin embargo, el Congreso Nacional debe tramitar y legislar la iniciativa, y una vez aprobada, se podría materializar.

Te sugerimos estar atento a las actualizaciones de los medios de comunicación nacional respecto a este tema.

¿Tendré que pagar impuestos por el tercer retiro?

No, nadie deberá pagar impuestos pues no se considerarán renta o remuneración.

Además, el dinero que retires es completamente tuyo y no estará afecto a ningún tipo de impuesto ni comisión, tanto de la AFP como de los bancos. Por lo mismo, las entidades financieras es posible que reciban el dinero en una cuenta aparte para que no se apliquen comisiones, cobros o pagos automáticos. De esa manera, podrás administrar el dinero que recibas con completa libertad.

¿Qué medios de pago se podrán utilizar para recibir el dinero?

Tu puedes elegir a donde se realizará el tercer retiro, en caso de ser afiliado o pensionado de una AFP:

  • A una cuenta bancaria: Corriente, vista, de ahorro o RUT.
  • Cuenta de una cooperativa de ahorro o crédito.
  • TambiCuenta 2 de Ahorro Voluntario en la misma AFP.

No se podrá realizar el retiro a una cuenta bipersonal, ni a cuentas bancarias cuyo proceso de apertura se realizó de forma digital sin firma de contrato presencial. La idea es evitar fraudes en el proceso.

¿Puedo retirar el dinero a la Cuenta 2?

Sí, al igual que en los procesos anteriores, tendrás la posibilidad de traspasar tu tercer retiro del 10% a la Cuenta 2 en tu misma AFP. Una de las ventajas de hacerlo es que por esos montos no pagarás comisión “de por vida” por la administración de dichos fondos.

Por lo general, la Cuenta 2 tiene comisiones que van desde 0,16% a 0,95%, dependiendo de la AFP donde te encuentras afiliado. En este caso el cobro no aplicia.

En todo caso, si antes tenías dineros en tu Cuenta 2 por abonos voluntarios hechos por ti, o piensas hacerlos en el futuro, en estos casos deberás pagar comisión. Pero nunca pagarás por la administración de la Cuenta 2 respecto de los fondos que provienen de alguno de los tres retiros de las AFP.

¿Puedo realizar el tercer retiro si es que no hice el 1º y/o 2º retiro?

Sí, los procesos de retiro son independientes entre sí. Es decir, podrás realizar el tercer retiro de tus fondos de la AFP independiente si realizaste o no solicitudes del 1er. o 2do. retiro.

De hecho, en los casos de personas que tienen ingresos más altos, podría convenir realizar el tercer retiro y no el segundo, ya que la ley que se aprobó en diciembre de 2020 para dicho proceso estableció que el monto del 3er. retiro constituye renta, por lo que está afecta al impuesto global complementario. Dicho tributo es el que afecta a los ingresos de las personas.

¿Tengo que restituir el tercer retiro de la AFP?

Si solicitaste el tercer retiro de tus fondos de la AFP, puedes decidir de manera voluntaria la posibilidad de reintegrar los fondos. Esto se realiza a través de un aumento del 1% en la cotización obligatoria, aumentando del 10% al 11% del ingreso imponible mensual, por un mínimo de un año.

Si quieres hacerlo, deberás suscribirlo directamente con tu AFP completando un formulario llamado “Aumento de la cotización obligatoria al 11%“.

¿Qué sucede si un afiliado tiene pensión alimenticia?

Si tienes una deuda por pensiones alimenticias y quieres hacer el tercer retiro, deberás informarlo al momento de enviar tu solicitud del tercer retiro. En todo caso, la ley ha establecido que el demandante por pensión de alimentos pueda solicitar en tu nombre el retiro. Para el trámite se requiere la autorización de subrogación del Juzgado de Familia.

Si un afiliado tiene varias causas y el monto no alcanza para satisfacer el pago de cada deuda, el tribunal deberá prorratearlas. Si una AFP es notificada de la existencia de medidas cautelares, se informará al afiliado en 3 días hábiles. La AFP no puede retener el dinero de un retiro si es que no ha recibido una medida cautelar, es decir, no basta solo con la deuda pro pensiónn de alimentos.

¿Cómo pedir la retención del retiro por pensión de alimentos?

El demandante puede pedir una retención judicial por el tercer retiro del 10%. Para eso, debe ingresar al sitio web Trámite Fácil del Poder Judicial, utilizando para ello su Clave Única del Registro Civil. La solicitud deberá tener los datos del demandante, antecedentes del demandado y el RIT de la causa.

Desde la Asociación de AFP indican que no será necesario complementar la solicitud con otros documentos adicionales. Una vez llenado el formulario, el tribunal tramitará la solicitud. La primera resolución podría ser la cautela de los fondos hasta que finalmente el tribunal pueda generar la liquidiación y solicitud.

¿Puedo realizar mi tercer retiro si tengo mi carnet vencido?

Sí, quienes tengan su carnet de identidad vencido o bloqueado pueden solicitar su tercer retiro ingresando al sitio web de su AFP con su clave de acceso o clave de seguridad.

En el caso de quienes hagan el retiro de manera presencial, se les solicitará autenticación con huella digital.

Para quienes tengan su cédula de identidad con fecha de vencimiento en 2020 o 2021, el gobierno extendió el plazo para su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.

Soy pensionado por renta vitalicia, ¿podré retirar mi dinero?

A diferencia del primer y segundo retiro, este proceso sí contempla que los pensionados bajo la modalidad de renta vitalicia puedan realizar un retiro.

Por una sola vez y de manera voluntaria, los pensionados o sus beneficiarios podrán adelantar el pago de sus rentas vitalicias por un máximo del 10% de la reserva técnica que mantiene el pensionado en la compañía de seguros. El tope máximo es de 150 UF ($4.300.000).

¿Cómo se calculará el retiro desde una renta vitalicia?

Según instruyó la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), las compañías de seguros deberán estimar el monto máximo a retirar considerando su reserva técnica.

A los pensionados que soliciten el retiro se les descontará el monto mensual de los futuros pagos de las rentas vitalicias, de forma prorrateada, proporcional y en un porcentaje idéntico que represente el monto efectivamente retirado.

Si bien el monto de la reserva técnica dependerá de cada pensionado, edad actual y expectativa de vida, entre otras variables, utilizaremos dos ejemplos que nos permiten tener una noción de cuánto podría disminuir una renta vitalicia.

¿Hay ejemplos de lo que podré retirar de una renta vitalicia?

Sí, aunque en todo caso tu compañía de seguros deberá proporcionarte la información sobre el monto máximo que podrás sacar en este proceso de “tercer retiro” (aunque para las pensiones de renta vitalicia será el primero). Además, tienen que indicarte cómo impactará en la reducción de tu pensión a partir del próximo mes.

Para el primer ejercicio, tomaremos como ejemplo a una pensionada de 65 años que recibe una pensión bruta de 21,97 UF bajo la modalidad de rentas vitalicias ($648.158 según el valor UF del 2 de mayo). Esta persona podrá retirar el monto máximo de 150 UF, equivalente a $4.425.297. Su pensión disminuirá en 0,72 UF cada mes ($21.241), quedando la nueva pensión ajustada a partir del próximo mes en 21,25 UF, es decir, recibirá mensualmente $626.917.

Cabe recordar que sobre este monto bruto se aplican otros descuentos, como el 7% de salud (isapres) y créditos de consumo contratados, si los hubiese.

Monto de pensión actualMonto a adelantarMonto en que disminuye la pensiónMonto nueva pensión
21,97 UF150 UF-0,72 UF21,25 UF
$648.158$4.425.297-$21.241$626.917
Escenario real de una pensionada por el sistema de rentas vitalicias. Calculado según UF del 2/5/21.

El segundo caso lo tomaremos a partir de un pensionado hombre, de 85 años. Entonces, en ese caso, la persona actualmente recibe una pensión de 6,39 UF ($188.517 brutos). Esta persona podrá retirar 42,25 UF ($1.246.459) y su pensión bajará cada mes en 0,64 UF ($18.881), quedando en $169.636 mensuales.

Monto de pensión actualMonto a adelantarMonto en que disminuye la pensiónMonto nueva pensión
6,39 UF42,25 UF-0,64 UF5,75 UF
$188.517$1.246.458-$18.881$169.636
Escenario real de una pensionada por el sistema de rentas vitalicias. Calculado según UF del 2/5/21.

¿Tienes más dudas?

¿Tienes alguna duda sobre el proceso del tercer retiro de las AFP? Compártela con nosotros en los comentarios. Nuestro equipo estará complementando las respuestas anteriores sumando las inquietudes que lleguen de nuestros lectores, durante la jornada del 3 de mayo de 2020.


Síguenos en Google News

Síguenos en Google News

Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp

Suscríbete al WhatsApp

Contenidos relacionados

Total
0
Compartir