Corte Suprema ordena a autopista dejar de enviar mails a deudora del tag

Una usuaria de la autopista Vespucio Norte recibió una decena de correos de cobranza, lo cual fue calificado como una “conducta abusiva”.

La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado contra la concesionaria de la autopista Vespucio Norte y le ordena dejar de cobrar una deuda por tag mediante correo electrónico a una deudora.

La Tercera Sala del máximo tribunal consideró que se vulneró la integridad física y psíquica de la demandante, identificada como Cynthia Barría León, quien asegura en el recurso haber sido víctima de “hostigamiento frecuente mediante el envío de correos electrónicos intimidatorios”.

Según la presentación, se trata de 12 correos que llegaron a su casilla personal entre el 6 de marzo y el 10 de julio de 2019, donde Vespucio Norte le informa de “una deuda que se encuentra en cobranza prejudicial”.

Además, en el mensaje se le advierte que de no pagarla “el tag podría ser inhabilitado para circular por la Autopista Vespucio Norte y Túnel San Cristóbal, quedando expuesta a futuras infracciones” y le invita a “evitar inconvenientes relacionados al cobro de intereses, gastos de cobranza e inhabilitación de sus tag”. Para ello, le sugiere pagar la deuda en los canales de atención de la concesionaria.

La Corte Suprema reconoce que la autopista está facultada para comunicar la existencia de deudas a sus clientes, pero señala que “al ser el objetivo de los correos electrónicos poner en noticia a la deudora de su morosidad, éste se logra con una de dichas comunicaciones“.

Por eso, señala que el envío de decenas de correos es una conducta “abusiva, desproporcionada e injustificada”, y que vulnera el derecho a la integridad psíquica que establece la Constitución.

Al acoger el recurso de protección, la Suprema obliga a Vespucio Norte a cesar los envíos de correos dirigidos a Barría León, y a su vez, le indica que debe “abstenerse en lo sucesivo de llevar a cabo conductas abusivas como la que ha sido objeto de la presente acción”.

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