La Corte Suprema rechazó un recurso de queja y confirmó la sentencia que condenó a Fashion’s Park a pagar 75 UTM por infringir la Ley del Consumidor, al realizar ventas atadas de seguros de desgravamen en sus tarjetas de crédito.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó la acción deducida por la integración de la sala que había revocado el fallo en primera instancia.
Todo se origina por una denuncia que llegó hasta el Juzgado de Policía Local de Ñuñoa. Se acusaba a Fashion’s Park de exigir la contratación de un seguro de desgravamen para aprobar y emitir la tarjeta de crédito de la misma tienda.
Resulta que el segundo JPL de Ñuñoa había justamente absuelto en primera instancia a la cadena de tiendas de ropa. El caso escaló y finalmente la tienda de retail fue condenada al pago de la multa, equivalente a $3.626.475.