SERNAC publicó circular con derechos de los consumidores del transporte aéreo

El organismo publicó una circular interpretativa para prevenir abusos y mejorar la protección de los pasajeros en vuelos nacionales e internacionales.
El SERNAC publicó una circular que contiene los derechos de los consumidores del transporte aéreo.

El Servicio Nacional de Consumidor (SERNAC) emitió una nueva circular interpretativa que busca prevenir y detectar abusos hacia los consumidores en el sector aéreo. Esta medida establece criterios jurídicos aplicables para las aerolíneas nacionales e internacionales.

Los servicios del transporte aéreo se someten a diversas regulaciones sectoriales y generales. Por lo que es relevante lograr diferenciar entre los derechos que se incluyen en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores y los que establece el Código Aeronáutico.

La circular aborda diversos temas cruciales para los consumidores, como cláusulas abusivas en los contratos y la necesidad de mejorar la información proporcionada. Además, están el derecho a retracto especial, cesión o endoso del pasaje y lo que ocurre en caso de retraso o cancelaciones de vuelos.

Para Andrés Herrera, director del SERNAC, esta circular tiene el objetivo de que “pueda ser entendida por cualquier ciudadano, utilizando un lenguaje simple y entregando criterios jurídicos certeros para dotar de herramientas claras y potentes en la protección de los derechos de las personas consumidoras”.

Conoce los derechos de los consumidores en el transporte aéreo

La circular incluye interpretativa compartida por el ente fiscalizador, incluye una serie de derechos que tienen los consumidores del transporte aéreo. Revisa a continuación los puntos más relevantes de la publicación del SERNAC:

  • Información veraz y oportuna: El SERNAC recomienda que para cumplir con esta obligación se utilicen elementos gráficos e iconografías. A su vez, innovar en el cumplimiento de este derecho con la incorporación de tablas de resúmenes que informen de vuelos, horarios, tiempos, entre otros datos.
  • Cesión o endoso de los pasajes nacionales: En vuelos dentro de Chile, las personas pueden ceder su pasaje para que otra persona realice el viaje. Este servicio no tiene costo asociado.
  • Desistimiento o modificación del contrato por impedimento médico: Si un pasajero no puede viajar por motivos médicos, se puede modificar la fecha del vuelo o anular la compra para pedir la devolución del dinero, si es que cumple con los requisitos del Código Aeronáutico.
  • Perdida, avería o destrucción de maletas: Si la maleta de un pasajero resulta con daños o no se encuentra, la aerolínea debe compensar con un monto de 40 UF, independiente del número de maletas.
  • Contratos libres de cláusulas abusivas: Los consumidores tienen el derecho de no recibir cláusulas que sean abusivas. Un ejemplo de esto es que las aerolíneas no pueden modificar unilateralmente las condiciones del contrato aceptadas por el pasajero.
  • Tasas de embarque: Las empresas deberán devolver las tasas de embarque al pasajero que, por cualquier motivo, no aborde el avión para su vuelo.
  • Derecho a retracto especial en vuelos nacionales: Los pasajeros pueden dejar efecto la compra del boleto y obtener la restitución completa de lo pagado. Esto se puede originar incluso a siete días de la adquisición del boleto, si se realiza antes de 180 días de la fecha del vuelo.
  • Sobreventa de pasajes: En el código se encuentra una tabla de compensaciones y otras obligaciones que debe cumplir la aerolínea ante sobreventa de pasajes.
  • Retraso o cancelación de vuelos: Ante esta situación, el código incorpora el derecho a la indemnización y otras obligaciones complementarias (iguales a la sobreventa)

Síguenos en Google News

Síguenos en Google News

Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp

Suscríbete al WhatsApp

Contenidos relacionados

Total
0
Compartir