El Banco Central de Chile (BCCh) emitió un nuevo marco de regulación que amplía el acceso al Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR) a determinadas entidades financieras no bancarias.
La medida establece los términos y condiciones para que estas instituciones puedan acceder a cuentas de liquidación en el BCCh y realizar pagos directamente a través del Sistema LBTR.
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El nuevo marco permite el acceso a cooperativas de ahorro y crédito (CAC) fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que cumplan los requisitos establecidos; empresas de depósito y custodia de valores; entidades de contraparte central (ECC) extranjeras reconocidas por la CMF; y sociedades administradoras de sistemas de pago establecidas en Chile, junto con sus participantes no bancarios fiscalizados por la CMF.
Cabe recordar que el Sistema LBTR permite realizar transferencias inmediatas y definitivas entre sus participantes, tanto en moneda nacional como en dólares, mediante cuentas de liquidación otorgadas por el Banco Central. Se trata de la principal infraestructura del país para la liquidación de pagos de bajo valor.
¿Qué entidades podrán acceder al Sistema LBTR?
La incorporación de estos nuevos participantes será gradual y dependerá del cumplimiento de requisitos operacionales y prudenciales específicos para cada tipo de entidad.
Todas las entidades que soliciten acceso deberán suscribir un contrato de adhesión y contar con las capacidades de conexión y ciberseguridad exigidas por el BCCh.

La normativa contempla diferentes condiciones para las cooperativas de ahorro y crédito, dependiendo de su patrimonio y de los servicios que presten.
Las CAC fiscalizadas por la CMF con un patrimonio igual o superior a UF 800.000 podrán solicitar acceso al Sistema LBTR y a las facilidades de financiamiento y refinanciamiento del BCCh, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
En tanto, las cooperativas con un patrimonio igual o superior a UF 400.000 que participen en sistemas de pago podrán acceder a cuentas de liquidación en el LBTR, pero exclusivamente para liquidar los saldos netos derivados de la compensación de sus obligaciones de pago en esos sistemas.
Reducir la interdependencia financiera
De acuerdo con el instituto emisor, uno de los objetivos del nuevo marco es reducir la interdependencia entre instituciones financieras, ya que determinadas entidades no bancarias actualmente deben canalizar sus operaciones a través de bancos comerciales.
El acceso directo a cuentas de liquidación en el Banco Central permitirá que estos participantes realicen sus liquidaciones en dinero de banco central, reduciendo su dependencia de bancos comerciales y el riesgo de crédito de contraparte.
El organismo también apunta a mejorar la eficiencia y seguridad del sistema de pagos, además de fortalecer su capacidad de respuesta ante episodios de estrés financiero. A esto se suma el potencial de facilitar una mayor integración del mercado financiero chileno con otras jurisdicciones mediante el acceso de ECC extranjeras reconocidas por la CMF.
La nueva regulación forma parte de la implementación de las facultades que la Ley N°21.641 sobre Resiliencia del Sistema Financiero y sus Infraestructuras entregó al Banco Central para extender determinados servicios financieros a entidades no bancarias.
La apertura de cuentas corrientes y el mantenimiento de cuentas de liquidación en el Banco Central no implican una garantía del BCCh sobre las operaciones que se liquiden ni sobre los fondos depositados en esas cuentas.
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