El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) publicó una nueva circular interpretativa que busca entregar claridad y certezas a los consumidores sobre las garantías convencionales o voluntarias que ofrecen algunos proveedores.
En el documento, el organismo puso énfasis en la diferencia entre los tipos de garantía. Por una parte, la garantía legal se encuentra establecida en la Ley del Consumidor y permite, durante los primeros seis meses desde la entrega, optar por la devolución del dinero, el cambio o la reparación gratuita de un producto que presenta fallas no atribuibles al mal uso.
En tanto, la garantía convencional o voluntaria se ofrece de manera adicional por las empresas y debe representar una mejora real para los consumidores. En este caso, los proveedores pueden establecer ciertos requisitos para su aplicación.
Uno de los puntos centrales de la circular del SERNAC señala que las personas pueden elegir libremente qué garantía ejercer. Por ello, las empresas no pueden imponer una orden de preferencia ni exigir que se agote una de las instancias para luego acceder a la otra.
Respecto de las garantías voluntarias, estas deben ser informadas de manera clara, veraz y oportuna, detallando las condiciones plazos y cobertura. Además, el documento establece que, cuando este tipo de respaldo ofrece un período mayor, dicho beneficio favorece directamente al consumidor.
Garantía convencional en la adquisición de vehículos motorizados
En el caso de la garantía convencional al comprar vehículos motorizados, la nueva circular fija deberes reforzados de información para los proveedores que ofrezcan esta alternativa a sus clientes.
Entre estos se incluye la obligación de informar previamente las mantenciones exigidas, sus costos estimados y los talleres autorizados, siempre bajo ciertos criterios de justificación técnica.
El documento también refuerza el derecho de los consumidores a elegir libremente el servicio técnico para realizar las mantenciones. Asimismo, cuando una reparación se extiende por más de cinco días hábiles, el proveedor debe entregar un vehículo de reemplazo de similares características.
Con esta nueva circular, el SERNAC busca reafirmar su compromiso con el consumo informado, promoviendo que las garantías funcionen como un respaldo efectivo para las personas y no como una herramienta para imponer condiciones abusivas.