"Retiro en tienda": SERNAC indicó que empresas con tiendas físicas deben ofrecer entregas gratuitas

El dictamen del SERNAC establece también que las empresas no podrán cobrar un monto extra cuando no existe una contraprestación adicional.
Foto: Imagen referencial hecha con IA (ChatGPT)

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) aprobó un dictamen administrativo sobre la modalidad de "retiro en tienda", debido a que algunas tiendas aplican un cobro adicional a quienes eligen esta forma de entrega para productos adquiridos a través de canales digitales.

A juicio del ente fiscalizador, las empresas que venden por internet y cuentan con locales físicos deben ofrecer, de manera obligatoria, una alternativa de entrega gratuita para los consumidores.

De acuerdo con la interpretación del SERNAC, al adquirir un bien o servicio, el cliente debe pagar el precio previamente informado. Por lo tanto, no se pueden imponer cargos extras, ya sea en compras remotas o presenciales, si no existe una contraprestación adicional.

Las compañías únicamente pueden realizar cobros complementarios en la medida que sean adicionales a sus obligaciones principales y siempre que se informen claramente antes de concretar la transacción.

Con esta medida, los consumidores podrán aceptar o rechazar libremente cualquier cargo adicional. Un ejemplo de ello es cuando se ofrece la opción entre pagar por el despacho a domicilio o elegir el retiro gratuito en tienda.

En este contexto, el organismo considera abusiva aquellas cláusulas que obligan al pago de un monto extra vinculado al producto o servicio principal, sin que el usuario pueda consentirlo o rechazarlo de manera separada o voluntaria.

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