La Corte Suprema confirmó este lunes una sentencia en materia de libre competencia, al rechazar el recurso de reclamación del Canal del Fútbol (CDF, hoy TNT Sports) y acoger el presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), ratificando una multa de 32.000 Unidades Tributarias Anuales, equivalentes a más de US$28 millones.
La decisión representa la sanción más alta aplicada en Chile por un caso de abuso de posición dominante.
El fallo sostiene que CDF incurrió en prácticas comerciales anticompetitivas al imponer cláusulas contractuales abusivas a los cableoperadores que transmiten el Campeonato Nacional de Fútbol Profesional. El canal exigía, entre otras condiciones, la venta atada de señales y la fijación de precios mínimos, lo que limitaba las promociones disponibles para los consumidores finales.
El máximo tribunal resolvió que “cada una de las prácticas denunciadas, por sí sola y, más aún en conjunto, configura un abuso de posición dominante y, como tal, produce los efectos anticompetitivos que se les atribuyen”.
Entre las prácticas cuestionadas, el tribunal destacó la fijación de un precio mínimo de reventa, que impedía a los operadores ofrecer las señales CDF Premium y HD a precios más bajos que los cobrados por CDF. También se exigía un número arbitrario de abonados mínimos garantizados y se obligaba a los cableoperadores a incluir CDF Básico en toda su base de clientes para poder acceder a las señales Premium y HD.

Según el fallo, estas condiciones generaban “un cobro diferenciado que no se sustenta en el costo de proveer el servicio, sino en la disposición a pagar de cada uno de ellos, perjudicando a quienes tienen menor cantidad de abonados a la señal premium”.
La investigación que terminó con una histórica multa al CDF por abuso de posición dominante
La investigación comenzó en 2020, tras un requerimiento de la FNE y una demanda acumulada de VTR. La fiscalía detectó que las prácticas se arrastraban desde 2006 y se mantenían vigentes en contratos con Claro, DirecTV, Telefónica, Tu Ves y VTR. “Estas cláusulas permitieron una extracción abusiva de rentas que no podría haberse obtenido en un escenario competitivo”, indicó el organismo.
La Suprema acogió en su totalidad los argumentos de la FNE, agregando nuevas medidas al fallo original del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de mayo del año pasado, como la prohibición de fijar precios mínimos de reventa y de limitar promociones a los cableoperadores. Además, ordenó a CDF modificar sus contratos en un plazo de seis meses.
El Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, valoró la decisión y destacó que “esta sentencia constituye un hito en la persecución de los abusos de posición dominante en nuestro país. La Corte Suprema ha dado una señal muy clara acerca de la gravedad de este tipo de conductas anticompetitivas”.
En su defensa, CDF justificó que sus cláusulas buscaban evitar el subreporte de suscriptores y fomentar la venta de sus señales premium. También argumentó que las restricciones en precios y promociones obedecían a modelos de compartición de ingresos históricos, aunque admitió que hoy no se aplicaban activamente. No obstante, el máximo tribunal consideró que estas justificaciones no eliminaban el impacto negativo sobre la competencia y los consumidores.
La Corte también rechazó la prescripción para la mayoría de las conductas, al considerar que se trataba de infracciones de ejecución continua, mientras no se dejara de aplicar cada cláusula abusiva.
Finalmente, el fallo resaltó que los partidos del fútbol chileno no tienen sustitutos reales en el mercado, lo que refuerza el carácter monopólico del CDF. “El consumidor que demanda un partido de fútbol de un equipo en particular no cambiará dicha preferencia ante el ofrecimiento de un evento diverso”, concluyó el fallo.
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