El Servicio de Impuestos Internos (SII) respondió ante la Corte de Apelaciones de Santiago el recurso de protección presentado por Transbank, en el que la empresa administradora de medios de pago busca impugnar la resolución N°12.
Esta disposición impone la obligación de entregar una representación impresa de la boleta electrónica y del comprobante de pago en todas las ventas presenciales, una medida que ha generado preocupación en el sector del comercio y los medios de pago.
El SII argumentó que la acción cautelar interpuesta por Transbank no es la vía adecuada para impugnar la resolución y solicitó su rechazo con condena en costas.
Según el documento presentado ante la Corte, el organismo sostiene que “la presente acción cautelar no constituye la vía idónea para resolver la pretensión de la recurrente” y que el acto administrativo cuestionado se encuentra dentro de las facultades legales del SII.
Fundamentos del SII
El organismo recaudador defendió la legalidad de la Resolución Exenta N° 12 de 2025, asegurando que la normativa vigente establece claramente la obligación de emitir y entregar boletas electrónicas. “La normativa legal establece la obligatoriedad de emitir las boletas de ventas y servicios en formato electrónico y es imperativa en cuanto al valor de boleta que tienen los comprobantes de transacciones pagadas con medios electrónicos”, señala el escrito.
El SII también afirmó que la nueva normativa busca fortalecer el control tributario y combatir la evasión fiscal. “El objetivo de la resolución es garantizar la emisión de boletas electrónicas en todas las transacciones comerciales, eliminando la posibilidad de que los comercios evadan el pago del IVA al no emitir el comprobante correspondiente”, explicó el organismo.
En ese sentido, el servicio fiscalizador enfatizó que “la entrega de la representación física o virtual de la boleta y/o comprobante permite que los clientes verifiquen que el negocio cumple con su obligación tributaria, asegurando que el IVA pagado por los consumidores llegue efectivamente al Estado”.
Impacto en el comercio y los medios de pago
El recurso de Transbank argumentaba que la Resolución Exenta N° 12 podría afectar la operación de los medios de pago y los comercios, al imponer una carga adicional en la emisión de vouchers o boletas físicas. La empresa sostuvo que esta exigencia altera el principio de equivalencia entre la documentación física y electrónica y podría generar costos adicionales en la adecuación de los sistemas de pago.
El SII desestimó este argumento, asegurando que “la resolución no establece una regulación directa dirigida a los operadores de medios de pago, ya que no impone nuevas obligaciones sobre ellos”.
Agregó que la medida afecta exclusivamente a los comercios y prestadores de servicios que operan con consumidores finales, y que el objetivo es “reforzar la fiscalización y garantizar la transparencia en las transacciones comerciales”.
Además, el servicio destacó que la normativa permite flexibilidad en la entrega del comprobante. “Si el contribuyente no cuenta con un sistema de impresión, podrá cumplir con la exigencia enviando la representación digital por medios electrónicos, como correo electrónico o mensajes SMS”, aclaró el organismo. En la industria de medios de pago como expertos tributarios cuestionan este punto, ya que si bien el SII ha intentado aclarar que la normativa ofrece esta opción, la redacción de la resolución ofrecería dicha opción solo hasta febrero de 2026.