La Corte Suprema acogió parcialmente un recurso de aclaración presentado por la Superintendencia de Salud respecto de los recursos de protección acogidos por alza de planes de isapres relacionados con alza de tablas de factores.
La tercera sala en su sentencia consideró que no es necesario aclarar la posibilidad de modificar, ajustar o recalcular los precios base de los planes de salud. Por esto solo acogió dos de los tres puntos solicitados por la Superintendencia de Isapres.
Ante la consulta de la posibilidad de hacer un ajuste a los precios base para compensar la rebaja de la tabla de factores, Ángela Vivanco, vocera de la Corte Suprema, señaló que “en cuanto a las tablas de factores y que es un precio base por familia, no admite hacer ajustes de precio, y en consecuencia, en esa materia no hay ninguna aclaración que hacer”.
En la resolución se explica que desde el año 2010 era conocida para las instituciones la decisión del Tribunal Constitucional en relación con la inconstitucionalidad de las tablas de factores vigentes a la época. La certeza sobre la nueva tabla se alcanzó únicamente con la referida circular, la cual debió ser aplicada por las Isapres desde su entrada en vigencia.
En cuanto a los efectos de las devoluciones de cotizaciones excesivas, estas se calcularán desde que entró en vigencia la Circular IF N°343 de la Superintendencia de Salud, es decir, desde el 1 de abril de 2020. Es a partir de esa fecha que se establecerán las condiciones de eventuales devoluciones que, tal como se ha ordenado, debe determinar directamente la Superintendencia de Salud.
Finalmente, respecto del tratamiento de las cargas menores de 2 años de edad, estos cambios comienzan a regir una vez que se encuentre ejecutado el fallo.
La sentencia detalla que “la certeza sobre la nueva tabla se alcanzó únicamente con la referida circular, la cual debió ser aplicada por las Isapres desde su entrada en vigencia. En consecuencia, es a partir de esa fecha que se establecerán las condiciones de eventuales devoluciones que, tal como se ha ordenado, debe determinar directamente la Superintendencia de Salud”.