Reforma Tributaria: Las claves del proyecto y los impuestos que subirán

Conoce los principales puntos de la Reforma Tributaria que presentó este viernes el Presidente Gabriel Boric y el ministro Mario Marcel.
Mario Marcel, ministro de Hacienda, explicó los alcances de la Reforma Tributaria
Mario Marcel, ministro de Hacienda, explicó los alcances de la Reforma Tributaria

El Presidente de la República, Gabriel Boric, y el ministro de Hacienda, Mario Marcel, presentaron este viernes la propuesta de Reforma Tributaria que enviará el gobierno en las próximas semanas para su discusión en el Congreso.

La propuesta busca recaudar hasta 4 puntos del PIB, con el fin de financiar una serie de iniciativas y reformas sociales que busca implementar la actual administración.

“Esta reforma tributaria responde a la idea de un pacto fiscal que aporte al desarrollo del país, que ayude a modernizar el sistema tributario, que le dé más justicia al sistema de impuestos y que sea eficiente tanto en la recaudación como el uso de los recursos”, explicó el ministro Marcel.

El jefe de la billetera fiscal aseguró que “para nosotros era muy importante recoger la opinión de los ciudadanos, algo que logramos a través de los diálogos sociales. A partir de esto recogimos un conjunto de principios que debería tener un sistema tributario en Chile, independiente de la orientación del Gobierno de turno porque estás son opiniones recogidas de la ciudadanía, gremios y organizaciones”.

En tanto, el Presidente de la República, Gabriel Boric, señaló que “estoy seguro de que con lo presentado hoy y con lo que se discuta en el Congreso, vamos a estar un paso más cerca para avanzar hacia un desarrollo más sostenible en términos sociales, económicos y medioambientales. Por sobre todo, para construir un país más digno para todas y todos”.

Los ejes de la reforma tributaria están puestos en un aumento a la tasa de tributación de los tramos más altos del Global Complementario, medidas para las pymes, impuestos al patrimonio y royalty a la minería.

Global Complementario: Impuesto a las personas o segunda categoría

Respecto del impuesto a la renta, los ingresos del trabajo mantendrán su progresividad. Es decir, con énfasis en que las personas que tengan mayores ingresos paguen más impuestos.

Se proyecta que más del 97% de los contribuyentes mantendrán su actual carga tributaria, incluyendo a tres cuartas partes de las personas que se encuentran exentos del impuesto a la renta.

Situación actual Propuesta Gobierno
Tramo en UTA Tasa marginal Tramo en UTA En $ mensualizado Tasa marginal Tasa efectiva máxima
0 – 13,5 Exento 0 – 13,5 Hasta $777.000 Exento 0%
13,5 – 30 4% 13,5 – 30 $777.000 a $1.727.000 4% 2,2%
30 – 50 8% 30 – 50 $1.727.000 a $2.878.000 8% 4,5%
50 – 70 13,5% 50 – 70 $2.878.000 a $4.030.000 13,5% 7,1%
70 – 90 23% 70 – 90 $4.030.000 – $5.181.000 26% 11,3%
90 – 120 30% 90 – 110 $5.181.000 a $6.331.000 35% 15,6%
120 – 310 35% 110 – 140 $6.331.000 a $8.057.000 40% 20,8%
Más de 310 40% Más de 140 Más de $8.057.000 43%

El actual sistema semi integrado pasará a ser sistema dual o semi dual. Con ello, el impuesto de primera categoría se reducirá de 27% a 25%. Se establece una “Tasa de Desarrollo” a las empresas, del 2% de sus utilidades, que podrán retener íntegramente si es que invierten en productividad.

Presidente Boric anuncia los detalles de la Reforma Tributaria
Presidente Boric anuncia los detalles de la Reforma Tributaria

También se crea un impuesto a las rentas de capital (IRC), con una tasa plana de 22%, que se aplicará a los dividendos pagados por las empresas a personas naturales y a las ganancias de capital. Los contribuyentes de menores rentas tendrán la alternativa de reliquidar el IRC en el Global Complementario, reduciendo el pago efectivo.

Beneficios para la clase media en la Reforma Tributaria

La reforma tributaria también contempla nuevos beneficios para la clase media, por medio del reconocimiento de algunos gastos considerados imprescindibles que deben enfrentar las familias chilenas.

  • Se creará una exención que permitirá deducir de la base imponible del Impuesto Global Complementario los gastos de arriendo, con un tope de $450.000 mensuales. De esta manera, una persona con un ingreso de $1.200.000 que destina $450.000 para pagar un arriendo, el pago de impuestos personales se calculará solamente sobre $750.000, quedando así exento del impuesto a la renta.
  • Exención enfocada en cuidados familiares. Se podrá deducir de la base imponible del Impuesto Global Complementario aquellos gastos que estén relacionados al cuidado de personas menores de dos años, o de personas con grados de dependencia severa. El tope será de $550.000 al mes.

Pymes: Se mantiene la integración

Para las micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes) se mantendrá un régimen completamente integrado, con una tasa de 25% que podrá usarse como crédito contra el impuesto global complementario de los socios.

También permanecerá el régimen Pyme Transparente, que permite a los contribuyentes quedar eximidos del impuesto de primera categoría tributando directamente en el global complementario.

“Esta reforma tributaria no le sube los impuestos a las pymes, sino que busca incentivos para que se sigan desarrollando y tengamos una mayor competitividad en nuestra economía. Que las pymes tengan mayor participación en el mercado, por eso abordamos los incentivos tributarios al pago a 30 días”, aseguró el Presidente de la República, Gabriel Boric.

A los beneficios actuales, se sumarán nuevos incentivos tributarios que buscan fomentar la formalización, el emprendimiento y el crecimiento de las pymes:

  • Crédito especial de IVA para nuevos emprendedores: Será un crédito especial equivalente al 100% del impuesto determinado por los primeros tres meses, de un 50% por los segundos tres meses y de un 25% por los siguientes seis meses, totalizando 12 meses de beneficio tributario.
  • Incentivo tributario en I+D: Un 35% del gasto en este ítem podrá ser utilizado como un crédito contra el impuesto de primera categoría. Además, si la pyme tiene un resultado anual negativo y haya invertido en esta área, el crédito será reembolsable, funcionando como un subsidio directo.
  • Fomento a la inversión en capital de riesgo: Se mantendrá la exención del impuesto de primera categoría a aquellos fondos de inversión privados, con o sin participación de Corfo, cuya política de inversión sea el capital de riesgo. Esto permitirá a las Pymes acceder a financiamiento que permita su crecimiento y mayor rentabilidad.
  • Deudas tributarias: Las pymes podrán acceder a una tasa de interés rebajada de 1% (normal es de 1,5%). Además, cuando realicen convenios de pago por hasta 12 meses las cuotas de dicho convenio no estarán afectas a intereses.

Además, con la Reforma Tributaria se buscará facilitar la transición al régimen general para aquellas Pymes que crezcan, como también la reducción del límite de la renta presunta en tramos en un plazo de 4 años.

Reforma tributaria establece impuesto a la riqueza

El gobierno propone un impuesto a la riqueza, al que quedarán sujetas las personas naturales que tengan domicilio o residencia en el país, por su patriminio que posean tanto en Chile como en el Extranjero que exceda los US$5 millones.

El diseño de la reforma tributaria contempla que los primeros US$5 millones quedan exentos. De este modo, una persona que tiene un patrimonio de 6 millones de dólares solo deberá pagar el 1% correspondiente a un millón, lo que equivale a US$10.000.

Además, otros impuestos patrimoniales, como el territorial, la sobretasa del impuesto territorial, y la tasa al diferimiento de impuestos personales, podrá utilizarse como crédito contra este impuesto, lo que busca evitar la doble tributación.

Se proyecta que solo 6.300 personas se encontrarán gravadas con este impuesto. Estos contribuyentes deberán presentar una declaración anual de la composición de su patrimonio, con reglas de valoración que estarán definidas en la ley. Dentro del patrimonio a declarar se consideran, entre otros, la participación en sociedades, los inmuebles, vehículos, portafolios de inversiones e instrumentos financieros.

Tramo (UTA)Tramo (US$)Tasa
Hasta 6.000 UTAHasta US$4,9 millonesExento
6.000 – 18.000 UTAUS$5 – US$14,9 millones1%
Más de 18.000 UTAMás de US$15 millones1,8%
Impuesto a la riqueza

Se limitan exenciones y mayor combate a la elusión y evasión

Desde el gobierno señalaron que es “para avanzar en mayor justicia tributaria es un imperativo reducir los casos excepcionales o los espacios para eludir, en esta iniciativa se consideran varios cambios a la legislación tendientes a fortalecer normas antielusión sobre tasación, gastos rechazados, precios de transferencia, entre otras, todos en línea con los lineamientos internaciones en este materia”.

En cuanto a transparencia, siguiendo las recomendaciones de la OCDE, se creará un registro de beneficiarios finales. De esta forma, todas las empresas deberán informar al SII sobre las personas naturales o contribuyentes de impuestos finales que en última instancia tengan participación igual o mayor a 10% en su propiedad.

En esta Reforma Tributaria, el gobierno propone el término o restricción a una algunas exenciones o beneficios tributarios. Además, se establecerá un límite global de acceso a beneficios tributarios.

  • Se limita la exención del pago de intereses hipotecarios a un crédito.
  • Gasto deducible por exenciones se restringe a 23 UTA ($15.500.000).
  • Se creará un registro de beneficiarios finales con participación sobre 10% en la propiedad de una empresa.
  • Se fortalecen normas de antielusión así como gastos rechazados, tasación, paraísos fiscales.

Se modificarán las exenciones que mantienen los Fondos de Inversión. Los fondos de inversión privados serán contribuyentes del IDPC, salvo aquellos que inviertan en capital de riesgo, por su parte los fondos de inversión públicos mantendrán la exención de Impuesto de Primera Categoría (IDPC), pero la distribución de dividendos hacia personas jurídicas será gravada con IDPC, y se modifica la tributación de los aportantes no residentes quienes pasarán a tributar según las reglas generales.

También se modificarán algunos beneficios tributarios como el de renta presunta que se limitará a los micro empresarios con ingresos hasta 2.400 UF con un proceso de transición gradual; se podrá optar a la exención por el pago de intereses hipotecarios por un solo crédito; se limitará el uso de pérdidas de la renta líquida imponible hasta un 50%; y se restringe el gasto deducible por parte de las personas a un máximo de 23 UTA ($15.500.000).

Reforma Tributaria establece aumento del royalty a la minería

Para las mineras con producción superior a 50.000 TM de cobre fino al año, se aplica una combinación de tasas ad valorem y tasas sobre margen de producción, crecientes según precio del cobre. Para el resto se mantendrá el tratamiento actual.

Se elevará la recaudación del royalty y participación el Estado en renta minera, manteniendo retornos suficientes para alentar la inversión, indicaron desde el gobierno.

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