La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sancionó con una multa de 25.000 UF, cerca de $950 millones, a Asesorías e Inversiones A&C SpA, tras determinar que la firma utilizó órdenes ficticias para hacer alterar artificialmente los precios de acciones en la Bolsa de Comercio de Santiago.
La resolución, adoptada por el Consejo de la CMF, estableció que la empresa incurrió en infracciones a los artículos 52 y 53 de la Ley de Mercado de Valores.
Según el organismo, la estrategia consistía en ingresar órdenes de compra o venta sin intención de que fueran ejecutadas, con el objetivo de generar una señal en el mercado y conseguir que otros inversionistas modificaran sus órdenes.
Una vez que esto ocurría, A&C cancelaba la primera orden y realizaba una operación en el sentido contrario, aprovechando el nuevo precio. La práctica es conocida como spoofing.
A&C, según sostiene la resolución, fue constituida por cuatro accionistas: la Sucesión Felipe Correa Orzzoli, con 20,5% de la propiedad, y Cristián Araya Fernández, Naim Jadue Ganem y Alejandro Parraguez Botello, cada uno con 26,5%. Parraguez es, además, el representante legal de la sociedad y quien compareció de forma voluntaria ante la Unidad de Investigación de la CMF en julio del año pasado.
¿Cómo funcionaba el mecanismo de spoofing?
Uno de los casos analizados por la CMF ocurrió con acciones de Cencosud el 14 de marzo de 2022.

En ese momento, la mejor oferta de venta disponible era de $1.459,5 por acción. A&C ingresó entonces una orden de venta a $1.450,6 por 2.900 acciones. Según la CMF, esta orden no buscaba concretar una venta, sino generar una señal que llevara a otros participantes a mejorar sus precios.
La estrategia tuvo efecto: cuatro inversionistas modificaron sus órdenes de venta y también las ubicaron en $1.450,6.
A&C canceló su orden a las 10:22:12 y, aproximadamente 1,3 segundos después, ingresó una orden de compra a ese mismo precio por 7.486 acciones. Luego ingresó otra por 5.793 acciones.
En total, terminó comprando 11.066 acciones de Cencosud a $1.450,6. De acuerdo con el cálculo de la CMF, si hubiese comprado esa misma cantidad al precio de venta que existía antes de la maniobra, habría pagado $16.150.827. En cambio, desembolsó $16.052.339,6, obteniendo un beneficio de $98.487,4 en esa operación.
La CMF señaló que esta misma secuencia se repitió en 34.038 casos y con distintos títulos accionarios.
Más de 34 mil operaciones bajo el mismo patrón
La investigación originalmente había identificado 72.252 casos entre el 4 de enero de 2021 y el 12 de septiembre de 2024, con un beneficio estimado de $1.842 millones.
Sin embargo, la sanción final consideró únicamente las operaciones realizadas entre el 13 de marzo de 2022 y el 12 de septiembre de 2024, debido al plazo de prescripción aplicable.
Así, la CMF estableció finalmente 34.038 casos y un beneficio de $860.062.000, es decir, cerca de $860 millones.
El organismo sostuvo que los registros de la Bolsa mostraban un patrón reiterado: órdenes que permanecían activas durante pocos segundos, altas tasas de cancelación y eliminaciones que ocurrían cuando otros inversionistas igualaban o mejoraban el precio de la orden ingresada por A&C.
La firma operaba directamente en los sistemas de la Bolsa mediante acceso directo al mercado (DMA), a través de las corredoras BTG Pactual y Tanner. La investigación también consideró los registros de las corredoras y las declaraciones de operadores de A&C.
A&C cuestionó la sanción
La defensa de A&C cuestionó que la conducta pudiera ser sancionada bajo las normas aplicadas por la CMF y citó cambios legales que la propia Comisión había planteado en 2019.
La CMF descartó ese argumento y señaló que el artículo 52 fue modificado en 2021, ampliando la prohibición de manipulación de precios, mientras que el artículo 53 ya prohibía las cotizaciones ficticias.
Finalmente, el Consejo resolvió aplicar a A&C una multa de 25.000 UF, a beneficio fiscal, por infracciones a los artículos 52 y 53 de la Ley de Mercado de Valores.
La empresa puede presentar un recurso de reposición ante la CMF dentro de cinco días hábiles desde la notificación de la resolución. También puede interponer un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
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