Booking acordó con la FNE eliminar cláusulas que fijaban precios de hoteles y pagar una multa de US$ 6 millones

La FNE llegó a un acuerdo extrajudicial con la plataforma para eliminar cláusulas que impedían a los hoteles cobrar precios más baratos en otros canales de venta.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) un acuerdo extrajudicial con Booking.com que obliga a la plataforma a eliminar las cláusulas que impedían a hoteles, hostales y otros alojamientos ofrecer precios más bajos fuera de la plataforma.

Como parte del acuerdo, la empresa de origen holandés pagará US$ 6 millones a beneficio fiscal.

El acuerdo pone término a una investigación que la FNE abrió en enero de 2024 sobre las llamadas cláusulas de nación más favorecida (CNMF) o de paridad de precios, que las agencias de viaje online (OTAs, por su sigla en inglés) incorporaban en sus contratos con los establecimientos de hospedaje en Chile.

La investigación se amplió en marzo de 2025 para incluir también los programas de fidelización de las plataformas.

¿Qué es una cláusula de paridad de precios?

En simple: Son condiciones contractuales que obligan a un hotel o alojamiento a no cobrar menos en ningún otro canal de venta que lo que publica en Booking.com.

En la práctica, eso significaba que si un hotel quería ofrecer una tarifa más barata en su propio sitio web, por teléfono, en Airbnb o en cualquier otra plataforma, Booking.com se lo podía prohibir contractualmente.

La FNE constató que este tipo de cláusulas estaban presentes no solo en los contratos generales de la plataforma —vigentes desde 2009—, sino también como requisito de entrada a tres programas de fidelización: el Programa de Socio Preferente (PPP), el Preferente Plus (PPP+) y el programa Genius.

Para pertenecer a esos programas, que otorgan mayor visibilidad en los resultados de búsqueda y una etiqueta especial en la plataforma, los alojamientos debían comprometerse a no ofrecer precios más bajos en ningún otro canal.

El estudio de mercado que dio origen a la investigación había concluido que existía un uso generalizado de estas cláusulas entre las OTAs presentes en Chile, y que Booking.com era la plataforma con mayor presencia en el mercado local.

Los riesgos para la competencia que detectó la FNE

Para la Fiscalía, este tipo de prácticas genera efectos nocivos en varios niveles. Reduce la competencia entre plataformas, porque ninguna tiene incentivos para bajar sus comisiones si igual tendrá el mismo precio que las demás.

También debilita a los canales directos de los hoteles —su sitio web, su teléfono o incluso la recepción—, que quedan imposibilitados de ofrecer una tarifa diferenciada para captar reservas sin intermediarios. Y en definitiva, perjudica a los consumidores, ya que no pueden acceder a precios más bajos aunque existan.

Durante la investigación, la FNE también identificó una herramienta llamada Booking Sponsored Benefit (BSB), mediante la cual la plataforma financia de forma unilateral un descuento en el precio final que ve el consumidor, usando su propio margen. Según la Fiscalía, esta herramienta también podría generar riesgos para la competencia. Sin embargo, como no está habilitada en Chile ni hay planes inmediatos de implementarla, la FNE se reservó la facultad de actuar si eso cambia.

Con este acuerdo, Booking.com deberá implementar los cambios en un plazo máximo de 30 días corridos desde que la resolución del TDLC quede firme.

Los compromisos consideran eliminar todas las cláusulas de paridad de precios de sus contratos, términos y condiciones y programas de fidelización. Esto implica que ya no podrá exigir a los alojamientos que igualen o superen en otros canales los precios publicados en Booking.com, y que deberá suprimir el criterio de precios externos como requisito para participar en los programas PPP, PPP+ y Genius.

Además, se deberá incluir a Chile en la lista de "países sin cláusula de paridad" dentro de sus condiciones generales, cambio que formalizará durante el segundo semestre de 2026; se notificará a todos los alojamientos sobre los compromisos adoptados, con un aviso permanente visible en el portal Extranet de la plataforma; y Booking debe comprometerse a no implementar este tipo de cláusulas en el futuro. El acuerdo tendrá una duración mínima de tres años, tras lo cual la empresa podrá solicitar su revisión ante la FNE o el TDLC, siempre que lo fundamente con nuevos antecedentes.

Booking defiende sus cláusulas

De todos modos, más allá del acuerdo, Booking dejó expresa constancia en el acuerdo de que no comparte el análisis de la FNE. En su opinión, las cláusulas de paridad serían procompetitivas porque evitan el free riding sobre sus inversiones en tecnología y marketing.

"Las cláusulas de paridad son pro competitivas, ya que previenen el free riding, que podría de otra forma llevar a menos inversión, servicios de OTA de peor calidad y un debilitamiento en la competencia, dañando particularmente a los alojamientos más pequeños", sostuvo Booking.

La empresa señaló que "siempre ha actuado con el convencimiento de actuar de conformidad a la regulación de libre competencia y que su conducta no ha generado riesgos a la libre competencia en Chile ni ha producido efectos nocivos en el mercado". El acuerdo no puede interpretarse como un reconocimiento de infracción, agregó.

El acuerdo entrará en vigencia una vez que el TDLC lo apruebe. La audiencia pública para tomar conocimiento del caso fue fijada para el 23 de marzo.

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