La Corte Suprema confirmó la Resolución N°86/2025 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que estableció un nuevo sistema tarifario para Transbank en los servicios de adquirencia de tarjetas de pago, cerrando así uno de los procesos regulatorios más relevantes del mercado de medios de pago en Chile en el último tiempo.
En su sentencia, dictada el pasado miércoles, el máximo tribunal rechazó las reclamaciones presentadas por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y por actores como Mercado Pago, Falabella, Digital Payments, Flow y Multicaja, validando íntegramente el diseño aprobado por el TDLC en marzo de 2025 .
La Corte sostuvo que existió un cambio sustancial en las condiciones de competencia del mercado, al pasar desde un modelo de tres partes, en el que Transbank operaba como monopolio, a un modelo de cuatro partes con múltiples adquirentes compitiendo.
Según el fallo, este nuevo escenario habilitó jurídicamente la revisión del antiguo Plan de Autorregulación Tarifaria (PAR), vigente desde 2006, y su reemplazo por un esquema ajustado a la estructura actual de la industria.
En ese contexto, el fallo recordó que Transbank “sometió a consulta ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia un nuevo sistema tarifario para el cobro de sus servicios en el mercado del pago con tarjetas en Chile, destinado a sustituir su Plan de Autorregulación Tarifaria aprobado por el TDLC en marzo de 2006” .
Regulación por etapas y foco en costos
La Resolución N°86 del TDLC, la cual fue ahora confirmada por la Corte Suprema, estableció un sistema tarifario en dos etapas.
En la primera, Transbank queda sujeta a una regulación de su margen adquirente, es decir, la porción de la tarifa que remunera su rol como adquirente, diferenciada de las tasas de intercambio y de los costos de marca, que hoy resultan exógenos bajo el modelo de cuatro partes.
El TDLC determinó que las tarifas deben basarse en costos auditados con vigencia de no más de un año, ceñirse a las recomendaciones de un Panel de Expertos o contar con el acuerdo de la FNE, y permitir a Transbank financiar sus costos sin generar distorsiones competitivas.

Además, autorizó la aplicación de una estructura tarifaria mixta, con componentes fijos y variables, siempre que respete criterios de objetividad, generalidad y no discriminación .
El tribunal también facultó a Transbank para establecer límites inferiores y superiores de cobro, de carácter público y objetivo, y para igualar tarifas de la competencia en casos específicos, bajo reglas destinadas a evitar conductas anticompetitivas.
Cambio estructural del mercado
Otro punto relevante del fallo dice relación con la posibilidad de que Transbank participe en licitaciones de entidades públicas, incluyendo la modalidad de remuneración vía floating, siempre que al menos cubra sus costos medios variables.
A la vez, el TDLC mantuvo vigentes —de forma transitoria o permanente— algunas obligaciones derivadas del avenimiento suscrito entre Transbank y la FNE en 2005, mientras que dejó sin efecto otras que consideró desalineadas con el nuevo contexto competitivo.
La Corte Suprema respaldó esa mirada de gradualidad y enfatizó que la desregulación total de las tarifas solo podrá ocurrir cuando Transbank pierda una posición relevante en el mercado.
En concreto, autorizó la liberalización del margen adquirente “cuando la participación mensual de Transbank en el segmento de procesamiento adquirente, medida en número de transacciones, sea inferior al 50% por un periodo de a lo menos seis meses seguidos”, condición que deberá ser constatada por la FNE .
En su análisis, el máximo tribunal recogió el diagnóstico del TDLC sobre la evolución del mercado de pagos con tarjeta. A diciembre de 2024, Transbank ya no concentraba la totalidad de las transacciones, compartiendo el mercado con actores como Getnet, Mercado Pago, Klap, Bci Pagos y otros operadores y proveedores de servicios de pago.
El fallo destacó que la interoperabilidad del sistema, la entrada de nuevos adquirentes y la regulación de las tasas de intercambio bajo la Ley N°21.365 modificaron profundamente las condiciones que justificaron la autorregulación tarifaria original.
Transbank: "Ahora corresponde a la FNE pronunciarse para la liberación de las tarifas"
Desde Transbank señalaron que la aprobación del nuevo esquema tarifario de Transbank es "la conclusión de un extenso proceso de análisis regulatorio y jurídico que permite dar mayor certeza al conjunto del mercado de pagos".
En una declaración, la firma indicó que "ahora corresponde a la Fiscalía Nacional Económica pronunciarse sobre las condiciones impuestas a Transbank para la liberación efectiva de sus tarifas. Este fallo adicionalmente permitirá que los actores del mercado puedan competir bajo reglas similares".
La empresa también valoró que la Corte Suprema haya destacado el rol que cumplió Transbank en acompañar en la transición al modelo de cuatro partes.
"Nos comprometemos a seguir innovando y ofreciendo soluciones que respondan a las necesidades de nuestros clientes", concluyó.
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