
Rodrigo Sepúlveda
Socio de Cariola Díez Pérez-Cotapos
La primera oferta pública y colocación de un bono corporativo híbrido en el mercado de valores local por una sociedad anónima chilena es una muy buena noticia para los distintos actores del mercado en busca de financiamientos de largo plazo flexibles y, por otro lado, de riesgo adecuado y alta rentabilidad para los inversionistas.
El registro de dicha emisión por parte de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) demuestra que es posible estructurar instrumentos financieros ampliamente conocidos y emitidos en los mercados de valores internacionales, conforme al marco regulatorio local, y satisfacer adecuadamente los requerimientos de forma y de fondo para la emisión, oferta pública y colocación de dichos valores en Chile.
Los “bonos híbridos” son instrumentos de deuda con ciertas características que los asemejan a los instrumentos de capital o renta variable (acciones): se subordinan al pago de otros pasivos presentes y futuros del emisor (incluso, a veces, a los pasivos de sus filiales); el emisor se reserva el derecho a diferir total o parcialmente el pago de los intereses devengados de los bonos (incluso, en ocasiones, a diferir el pago de cuotas de capital) con cupones acumulativos y flexibles, y con vencimiento final de muy largo plazo (a veces perpetuo o sin fecha de vencimiento).
A través de estos instrumentos, los mercados de valores internacionales se han hecho cargo desde hace un buen tiempo de las variadas y crecientes necesidades financieras de los inversionistas y emisores.
Esto, incorporando otras características especiales a los “bonos híbridos”, dependiendo de la creatividad de los asesores financieros para satisfacer los intereses de las partes, los límites impuestos por el marco regulatorio aplicable y los requerimientos de las clasificadoras de riesgo: rescate de los bonos transcurridos ciertos plazos y condiciones, convertibles o no convertibles en acciones del emisor; restricciones y resguardos financieros (covenants); eventuales garantías reales o personales, etc.
La buena noticia es que la oferta pública de “bonos híbridos” corporativos en el mercado de valores local ha sido bien recibida por la CMF y los distintos actores del mercado.
Desde el punto de vista legal, si son estructurados propiamente como bonos con vencimiento a largo plazo y subordinados, al amparo de nuestra Ley de Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N° 30 de la CMF, representan para los inversionistas una herramienta financiera estratégica, diversificada y de buena rentabilidad; y para los emisores una alternativa flexible de financiamiento a largo plazo que puede permitirles fortalecer su solvencia y calidad crediticia, y mejorar su estructura de capital.
Una atractiva tarea para los asesores financieros y legales es la estructuración de esta alternativa de financiamiento para emisores de diversas industrias productivas que requieran financiar en el mercado de valores local planes de inversión de largo plazo y alto monto.
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