Fin a los multifondos: El ABC de los nuevos fondos generacionales

La nueva legislación modificará el sistema de multifondos de las AFP, vigente desde 2002, con la llegada de los fondos generacionales. Conoce como funcionan y sus características.
Fondos generacionales y fin de los multifondos

En una histórica votación realizada el pasado 29 de enero, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, en tercer trámite constitucional, con 110 votos a favor y 38 en contra, una de las reformas más significativas del sistema previsional chileno. Entre las novedades está el fin de los multifondos, que serán reemplazados por los nuevos fondos generacionales.

A grandes rasgos, esta reforma mantiene la cotización obligatoria del 10% del sueldo imponible a cargo del trabajador, pero incrementa la contribución del empleador del 1,5% actual a un 8,5%.

Este 7% adicional se distribuye en tres componentes:

  • 4,5% a la cuenta de capitalización individual.
  • 1,5% al aporte con rentabilidad protegida, que opera como un préstamo al Estado con devolución al momento de jubilar.
  • 2,5% al nuevo Seguro Social Previsional, destinado a financiar el seguro de invalidez, sobrevivencia y compensaciones por expectativa de vida.

Si bien el proyecto presentado e impulsado por el Gobierno de Gabriel Boric buscaba poner fin a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), la nueva legislación no elimina la capitalización individual ni suprime las AFP, pero modifica el sistema de multifondos vigente desde 1981, introduciendo los fondos generacionales.

¿Qué son los multifondos y cómo funcionan?

Desde 2002, el sistema previsional chileno cuenta con cinco fondos de inversión (A, B, C, D y E), gestionados por las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Cada uno se distingue por su nivel de riesgo y rentabilidad, permitiendo a los afiliados elegir y cambiar entre ellos para gestionar sus ahorros, tanto obligatorios como voluntarios, con el objetivo de aumentar el monto sus pensiones.

FondoNivel de riesgo
AMás riesgoso
BRiesgoso
CIntermedio
DConservador
EMás conservador

"Las personas pueden ir variando entre los cinco fondos existentes siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la misma norma. Como podemos observar, requiere un afiliado extremadamente informado para poder tomar una decisión de esa envergadura", señaló Verónica Munilla, académica de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (PUCV).  

Nuevos fondos generacionales

Con la reforma, el modelo de los actuales multifondos será reemplazado por al menos diez fondos generacionales, los cuales están diseñados para acompañar a los afiliados a lo largo de su vida laboral.

Estos nuevos instrumentos estarán asignados automáticamente según el año de nacimiento de cada afiliado. Esto permitirá ajustar su estrategia de inversión en función de la cercanía a la jubilación. Inicialmente, los fondos tendrán un mayor nivel de riesgo, el cual se reducirá progresivamente conforme los trabajadores se acerquen a la edad de retiro.

Según lo explicado por Munilla, este cambio tiene como objetivo reducir los márgenes de error en las decisiones de inversión de los afiliados. Al eliminar la opción de que los trabajadores puedan elegir su fondo, se busca simplificar el proceso y minimizar los riesgos.

"Esta decisión ya no va a ser tomada por el afiliado, sino que este va a estar adscrito a un fondo específico de antemano, según su nivel de riesgo, retornos y ciclos de vida. La intención del legislador en este caso es impedir que se tomen malas decisiones por parte de afiliados y que los niveles generales de incertidumbre bajen", explicó.

Además, las AFP estarán obligadas a mantener carteras diversificadas en sus fondos, lo que permitirá disminuir el riesgo general del sistema.

Aún faltan ciertas definiciones

Si bien la implementación de los fondos generacionales busca reducir la incertidumbre y prevenir elecciones desacertadas por parte de los cotizantes, la académica advirtió sobre la falta de claridad en aspectos que considera fundamentales.

“El problema es que el proyecto de ley no señala qué fondos serán los existentes, ni cómo funcionaría esta adscripción del afiliado a uno en específico", comentó.

A esto se suma que los detalles operativos del régimen de inversión deberán definirse posteriormente "por una norma de carácter general que emitiría la Superintendencia de Pensiones", detalló.

Pese a esto, la académica señaló que la propuesta podría, en última instancia, reducir el riesgo asociado al sistema. "No podemos hacer una estimación tan prematura en términos de rentabilidad; solo podemos vislumbrar que la incertidumbre respecto del riesgo debiese disminuir", concluyó.

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