Hasta el jueves 30 de enero existirá plazo para que los estudiantes de primer año puedan ejercer su derecho a retracto en la educación superior. Este mecanismo les permite desistir de contratos firmados previamente con alguna institución educacional.
La Ley del Consumidor establece que quienes ingresan al primer año de una carrera de pregrado tienen la posibilidad de cambiarse de institución tras conocer los resultados de las postulaciones en el Sistema de Acceso a la Educación Superior. Esta alternativa aplica tanto para las matrículas en universidades como en centros de formación técnica e institutos profesionales.
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Desde la publicación de los resultados de las postulaciones, existe un periodo de 10 días corridos para ejercer el derecho a retracto. Esto incluye a quienes se matricularon antes de conocer los resultados y para aquellos que lo hicieron durante la primera etapa, pero prefieren inscribirse en una institución que los aceptó en la segunda.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y la Superintendencia de la Educación Superior (SES) trabajarán para monitorear y resguardar el cumplimiento de este derecho para los estudiantes que deseen ejercerlo.
"Es muy importante que las y los estudiantes que ingresan a su primer año de universidad, se informen adecuadamente sobre este derecho, ya que permite resguardar a quienes ya se matricularon en otra institución para asegurar un cupo", señaló Andrés Herrera, director del SERNAC.
¿Cómo ejercer el derecho a retracto?
En 2024, el SERNAC recibió 159 reclamos relacionados con el derecho a retracto en la educación superior. De este total, las universidades concentraron la mayor cantidad de quejas en comparación con otras instituciones.
Para optar a esta alternativa, los estudiantes deben presentar el comprobante de la segunda matrícula. A su vez, idealmente tendrán que enviar una carta de retracto a la primera institución de educación superior.
Al ejercer el derecho a retracto, la institución original debe reembolsar el monto pagado por la matrícula y la documentación en un plazo de 10 días corridos. Sin embargo, está permitido retener hasta el 1% del arancel anual de la carrera como costo de administración.
Si quieres ejercer el derecho a retracto debes seguir los siguientes pasos:
- Presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución que originalmente se contrató.
- Acompañar idealmente el comprobante con una carta en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto. Para esto, los usuarios pueden acceder a un formato de carta desde el sitio web del SERNAC o de la SES.
- Pedir que la institución firme o timbre una copia de la carta para poder dejar constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho.
Las instituciones que no devuelven el dinero o que no confirman de la disolución del contrato están cometiendo una infracción. Si ocurre esta situación, los estudiantes cuentan con la opción de presentar un reclamo ante el SERNAC o la SES.