La Corte Suprema dictó un fallo que modifica las instrucciones de carácter general para el mercado de los medios de pago con tarjetas, introduciendo cambios significativos que buscan potenciar la competencia y ajustar la operatividad del sistema a las nuevas realidades económicas y tecnológicas.
En el fallo, de más de 170 páginas, surge tras una serie de recursos de reclamación que fueron interpuestos por FinteChile, Banco Santander, Farmacias Cruz Verde, American Express, Tenpo, Copec, Mastercard, Mercado Pago, Flow y Visa, respecto de las Instrucciones de Carácter General N.º 5 dictadas por el TDLC en 2022.
Dichas instrucciones habían establecido directrices regulatorias en siete aspectos clave del mercado de tarjetas, desde crédito hasta tarjetas de prepago.
El procedimiento iniciado por el TDLC en 2020 buscaba analizar la necesidad de estas instrucciones para garantizar una competencia justa, subrayando la importancia del sector y la posible existencia de fallas de mercado. El TDLC enfatizó el cambio hacia un modelo de cuatro partes (M4P), destinado a mejorar la transparencia y eficiencia en las transacciones.
Cambios en interoperabilidad
Una de las problemáticas abordadas en el fallo es la interoperabilidad entre emisores y adquirentes. La Corte ha destacado la importancia de mejorar la conectividad técnica para facilitar transacciones seguras y eficientes, especialmente en un mercado dominado anteriormente por un sistema de tres partes (M3P).
Uno de los puntos centrales del fallo es lo que se denomina como "interoperabilidad técnica", que se refiere a la capacidad de los sistemas para interconectar la emisión y adquisición de pagos con tarjetas.
Hasta marzo de 2020, Transbank operaba como el único switch en Chile bajo el M3P. Sin embargo, con la transición al M4P, las transacciones ahora se enrutan a través de las redes de marcas como Visa, MasterCard y American Express.

El TDLC detectó problemas en la migración de las tarjetas American Express al nuevo switch, destacando que el Banco Itaú, por ejemplo, no se conectó al switch de AMEX debido a altos costos y baja participación en el mercado. Ante esto, se instruyó que todos los emisores se conecten al switch de las marcas de tarjetas en un plazo máximo de seis meses y que los procesadores emisores permitan la interoperabilidad de AMEX en un plazo de sesenta días hábiles.
Además, el fallo puso en tela de juicio las prácticas comerciales que podrían ser restrictivas o anticompetitivas. Por ejemplo, ciertas reglas impuestas por las marcas de tarjetas limitaban la operación de los adquirentes y emisores, afectando directamente la libre competencia.
En cuanto a la autenticación de transacciones no presenciales, se estableció la necesidad de adoptar el protocolo 3DS, utilizado a nivel internacional para autenticar transacciones de manera segura. Los emisores deberán implementar esta tecnología en un plazo de 90 días hábiles. Sin embargo, se hizo presente que esto no implica que los emisores y adquirentes deban utilizar como única alternativa dicho protocolo de autenticación.
El dictamen también menciona que el TDLC dio cuenta que no todos los adquirentes estaban habilitados para ofrecer beneficios en cuotas comercio, lo que afecta la competencia. En ese sentido, se ordenó a los emisores adoptar medidas necesarias para habilitar las "cuotas comercio" y "cuotas promoción" en un plazo de noventa días y ofrecerla de manera no discriminatoria.
No más prácticas comerciales que restringen la competencia
El fallo también aborda prácticas comerciales que podrían restringir la competencia. Entre estas prácticas, se incluye la regla de "no adquirencia sin emisión" (NAWI), que permite a un actor ser adquirente solo si también es emisor. Aunque esta regla fue eliminada en 2017, el TDLC seguía preocupado por su posible aplicación de facto.
Por ello, instruyó que las marcas expliciten la prohibición de esta regla y apliquen condiciones públicas y no discriminatorias en la evaluación de licencias de adquirencia.

El dictamen de la Corte Suprema también establece la regla de la no discriminación o recargo (no surcharge rule), tanto para transacciones presenciales como no presenciales. En ese sentido, las marcas de tarjetas deberán aplicarla, y los comercios no podrán imponer algún tipo de recargo a las transacciones realizadas con tarjetas, independiente si se trata de una compra en comercios físicos o de forma online.
Además, respecto de la regla honor all cards (HAC) y en particular, honor all products (HaP), las marcas de tarjetas deberán aplicar la regla honor all products, quedando prohibido a los comercios que acepten el pago con tarjetas distinguir entre sus clases o tipos. Con esta medida, según señalan en la industria, Walmart Chile y Falabella.com quedarán obligadas a aceptar las tarjetas de prepago, un método de pago que por años se negaron a reconocer. Este tipo de plásticos son emitidos por Mercado Libre, Tenpo, Tapp, Caja Los Héroes y Global66.
Impacto en PSP y transparencia de tarifas
El fallo también establece regulaciones para los proveedores de servicios de pago (PSP), que evitará que deban entregar información comercialmente sensible a los adquirentes. Para mitigar los riesgos anticompetitivos, el TDLC impuso resguardos conductuales, como limitar la información exigida a la estrictamente necesaria y establecer mecanismos de cortafuegos.
Se ordenó a las marcas publicar las tasas de intercambio y la composición de los rubros de comercio en sus sitios web, y a los adquirentes informar a los comercios sobre los códigos MCC y cambios en las tasas de intercambio. Estas medidas buscan aumentar la transparencia y reducir los merchant discounts.
En relación con los costos de marca, que representan un porcentaje significativo del merchant discount (comisión que pagan los comercios), se instruyó a las marcas a enviar informes anuales a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y justificar cualquier aumento en estos costos.
También se recomendará al Presidente de la República una serie de propuestas de modificación normativa, a través del Ministerio de Hacienda. Se propondrán materias como condiciones más favorables para los PSP en relación con los adquirentes, la regulación de los costos de marcas, y destinatarios y giro exclusivo de las sociedades de apoyo al giro bancario (SAG).
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