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Operación Renta 2024: Los beneficios tributarios para personas y pymes

Exención de impuestos, rebajas de intereses y créditos por gastos relacionados con educación son algunos de los beneficios a los que se puede acceder durante la Operación 2024.

Ya se dio inicio a la Operación Renta 2024 y tanto las micro, pequeñas y medianas empresas como los contribuyentes individuales deben llevar a cabo los trámites fiscales correspondientes.

Este proceso, que puede resultar desafiante para muchos, es fundamental para mantener el orden financiero y cumplir con la normativa tributaria vigente. Sin embargo, para aquellos que estén al tanto de los beneficios disponibles, este período también puede representar oportunidades importantes.

Las pymes, en particular, son el foco de atención este año, ya que tienen plazos especiales que se extienden hasta el 30 de junio para ciertas declaraciones juradas, brindando un margen adicional para cumplir con sus obligaciones.

Beneficios para las pymes

Es crucial que las micro, pequeñas y medianas empresas conozcan a fondo su régimen tributario, ya que existen una serie de beneficios a los cuales pueden acceder, dependiendo de si están bajo el régimen Pro Pyme Transparente o General.

Exención de impuestos

Una de las ventajas más atractivas para las empresas bajo el Régimen Pro Pyme Transparente es la exención del impuesto de primera categoría. Según Diego Plaza, analista financiero tributario de Maxxa, esto significa que estas empresas pueden ser eximidas de pagar tributos sobre las utilidades que generen durante el año.

“Si una pyme tuviera una utilidad de $10 millones, en la Operación Renta -bajo el régimen Pro Pyme Transparente- no tendrá que pagar impuestos sobre ese monto, a diferencia de las empresas que operan bajo el Régimen Pro Pyme General, que tendrían que tributar $1 millón (10%)”, señaló Plaza.

Eso sí, el analista aclara que las empresas deben pagar sus impuestos, a través de un trato simplificado, que consiste en el traspaso de la utilidad al socio como un retiro automático obligatorio que adicionalmente se suma a sus ingresos personales como: sueldo, honorarios, etc.

Es importante tener en cuenta que estas empresas deben cumplir ciertos requisitos para permanecer en este régimen, como tener ventas que promedien 75.000 UF en los últimos tres años o 85.000 UF en un solo año.

Tasas reducidas

Las pymes sujetas al Régimen Pro Pyme General no están exentas del pago de impuestos, pero tienen una ventaja respecto a otros regímenes: una tasa reducida del impuesto de Primera Categoría correspondiente al 10%.

Sin embargo, cabe destacar que, de acuerdo con una resolución del Servicio de Impuestos Internos (SII), este es el último año que operará la tasa reducida del 10%, ya que en la Operación Renta 2025 el monto subirá al 12,5%, y desde 2026 las pymes estarán sujetas a un tributo del 25%.

Recuperación de impuestos

Los socios de micro, pequeñas y medianas empresas que operan bajo el Régimen General tienen la posibilidad de recuperar total o parcialmente los impuestos pagados por la empresa, ya sea en forma de crédito o como un valor a descontar en su renta personal.

Por ejemplo, si una pyme paga $1 millón en impuestos sobre una utilidad de $10 millones, el socio podría recuperar este monto como crédito en su declaración de impuestos personal.

Es importante tener en cuenta que este beneficio puede variar dependiendo de los ingresos anuales del contribuyente, por lo que siempre es recomendable consultar con un experto tributario.

Reinversión de impuestos

Otra ventaja de operar bajo el Régimen General es que existe la opción de obtener una rebaja en sus impuestos mediante la reinversión de utilidades. Esto implica que pueden optar por no tributar una parte de sus ganancias, siempre y cuando esa porción se destine a impulsar el crecimiento de la empresa.

Según el ejecutivo, el porcentaje que se puede reinvertir es del 50% de las utilidades. Por ejemplo, una pyme con $10 millones en utilidades podría optar por pagar impuestos solo sobre $5 millones si elige reinvertir el resto en la empresa.

Sin embargo, es importante destacar que esta herramienta debe ser utilizada con cautela, ya que el mal manejo de este concepto podría tener consecuencias negativas para la empresa en caso de fiscalización o necesidad de mostrar solvencia financiera.

Beneficios para personales naturales

Para los contribuyentes persona existen deducciones y créditos tributarios disponibles al momento de realizar la declaración de impuestos.

Crédito por "Gastos de Educación"

Este beneficio permite obtener un crédito tributario de hasta 4,4 UF para los gastos relacionados con la educación.

Según Matías Araya, gerente de Impuestos de CCL Auditores Consultores, este crédito, aunque no es reembolsable, puede resultar en un alivio significativo para los contribuyentes, ya que "ayudará a pagar sus impuestos e incluso recibir una devolución por otro tipo de créditos".

Para acceder a este beneficio, es crucial verificar si se cumple con las condiciones establecidas para ser beneficiario. Entre los requisitos principales se encuentra que el tope de renta de ambos padres no puede superar las 782 UF, que el alumno sea menor de 25 años y que cumpla con más del 85% de asistencia en una institución de enseñanza reconocida por el Estado.

Rebaja de intereses por créditos con garantía hipotecaria

La rebaja de intereses por créditos con garantía hipotecaria, es otro de los beneficios dirigidos a aquellos afectos al Impuesto Global Complementario (IGC) o al Impuesto de Segunda Categoría (IUSC) que hayan pagado dividendos hipotecarios durante el año comercial 2023.

El límite para este beneficio es de 8 UTM y su valor dependerá del monto de los ingresos del contribuyente.

Además, existen otros beneficios como el Ahorro Previsional Voluntario (APV), cuya aplicación dependerá del régimen que haya elegido cada contribuyente y su situación de ingresos.

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