El mes de abril llegó a su fin, y con él, el Formulario 22 para la Operación Renta 2023. Sin embargo, aún quedan Declaraciones Juradas por rellenar en mayo. En particular, la Declaración Jurada 1837, conocida también como DJ 1837, cuya fecha límite es el 18 de mayo.
Esta declaración se desarrolla en el marco de los Créditos y Pagos Provisionales Mensuales (PPM). Se considera masiva y transversal por el Servicio de Impuestos Internos (SII), lo que significa que no pertenece a un régimen específico.
La DJ 1837 está dirigida a socios y comuneros que sean miembros de sociedades de personas, de hecho, de profesionales o comunidades establecidas en el territorio nacional. Deben presentarla aquellas entidades que pongan a disposición de sus diferentes socios o comuneros pagos provisionales mensuales o de cualquier otro crédito.
Esta declaración tiene dos secciones principales y un Cuadro Resumen. Antes de completarla, es clave contar con informes contables organizados y actualizados. La Sección A requiere la identificación de las Sociedades o Comunidades. Esto incluye el RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono.
La Sección B, por otro lado, solicita especificar los datos del receptor del PPM y/o del crédito. Para ello, se debe proporcionar el RUT del socio o comunero y el monto puesto a su disposición. Finalmente, el Cuadro Resumen debe contener el total de valores registrados y casos informados.
Llaman a presentar a tiempo la DJ 1837
No presentar la DJ 1837 puede acarrear sanciones dependiendo de la infracción cometida. Entre ellas, se encuentran las declaraciones incompletas o erróneas, fuera de plazo u otros requerimientos posteriores cuando las declaraciones juradas no son presentadas.
“La DJ 1837 afecta a todas las Sociedades de Profesionales que fueron constituidas antes del 2023, por lo que es preferible no arriesgarse, rellenar las declaraciones de acuerdo a la normativa y siempre cumplir con los plazos establecidos”, aconseja Richard Waldemar, Incident Desk Manager de Nubox.
Para evitar contratiempos y cumplir con las exigencias del SII, es crucial estar al tanto de las Declaraciones Juradas como la DJ 1837 y presentarlas en tiempo y forma. Con la información proporcionada por un software, junto una adecuada organización contable, podrás enfrentar esta etapa sin mayores inconvenientes y mantener tus responsabilidades tributarias al día.
Guía práctica para completar la Declaración Jurada 1837 con éxito
Descubre cómo realizar la Declaración Jurada N° 1837 de manera efectiva y sin complicaciones. Esta guía te ayudará a completarla paso a paso, asegurando que cumples con todas las exigencias tributarias:
- Los que deben presentar la DJ 1837. Las sociedades de personas, sociedades de hecho, sociedades de profesionales o comunidades establecidas en Chile que hayan puesto PPM o créditos a disposición de sus socios o comuneros, según lo estipulado en el artículo 94 de la Ley de la Renta.
- Sección A: Identificación del Declarante. Aquí deberás proporcionar datos clave de la sociedad o comunidad, como RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (incluyendo el código de discado directo).
- Sección B: Datos de los Informados (Receptor de PPM y/o Crédito). Completa la columna “RUT del Socio o Comunero” con el RUT del socio o comunero que recibe PPM y/o créditos, utilizando una línea por cada uno de ellos. Luego, en la columna “Monto de Crédito o PPM puesto a disposición”, registra el monto de los créditos y/o PPM puestos a disposición.
- Cuadro Resumen Final de la Declaración: Suma los valores registrados en la columna correspondiente y anota el total en el cuadro resumen. En el recuadro “Total de Casos Informados”, indica el número total de casos que se están informando mediante la primera columna de la Declaración Jurada, numerándolos de forma correlativa.
Recuerda que el retraso u omisión en la presentación de la Declaración Jurada 1837 puede acarrear sanciones, según lo establecido en el artículo 97 del Código Tributario. Con esta guía práctica, podrás enfrentar el proceso con confianza y mantener tus responsabilidades tributarias al día.