Préstamo Solidario 2021: SII habilitó proceso de solicitud al beneficio

Ya está disponible la plataforma para postular al Préstamo Solidario del Estado para la Clase Media 2021 en el Servicio de Impuestos Internos.
Préstamo Solidario de la Clase Media 2021

En la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII) ya se puede solicitar el Préstamo Solidario del Estado para la Clase Media 2021. Todos los días 8 de cada mes, entre mayo y octubre de 2021, se podrá postular al beneficio de hasta $650.000 por un máximo de tres meses a quienes hayan sufrido una caída en sus ingresos.

Para optar por el crédito, el ingreso promedio anual de 2019 debe ser igual o mayor a $298.833*, sin tope máximo.

A este beneficio podrán postular trabajadores dependientes e independientes, además de empresarios individuales, que hayan sufrido una disminución de sus ingresos formales al menos en un 10%. Se calculará con el promedio de ingresos del segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020.

También podrán solicitarlo los pensionados de la vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125. Las personas en este grupo podrán pedirlo hasta tres veces con un monto máximo, que será el monto que reciben de pensión mensualmente.

Las personas que reciban el Bono Clase Media 2021 podrán solicitar máximo dos veces el Préstamo Solidario del Estado para la Clase Media 2021.

¿Cómo solicitar el Préstamo Solidario?

En el sitio web del SII desde el día 8 de cada mes, entre mayo y octubre de 2021, podrás solicitar el Préstamo por un monto máximo que corresponde a la diferencia entre los ingresos promedio del segundo semestre de 2019 y 2020, con un tope de $650.000.

Para acceder al sistema, deberás tener tu Clave Única del Registro Civil o tu Clave Tributaria del SII. No se pedirá adjuntar documentos, sólo indicar tus datos de contacto e información de pago.

¿Cómo tendré que pagar el crédito?

El pago Préstamo Solidario tiene un año de gracia. Se comenzará a pagar en 2023, en cuatro cuotas anuales y sucesivas sin multas ni intereses.

La primera cuota de pago a un 10% del monto solicitado. Las tres cuotas restantes corresponderán al 30%. Cada cuota anual no puede exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de Impuesto a la Renta.

¿Eres pensionado? En este caso el pago del Préstamo Solidario se devuelve a la Tesorería General de la República (TGR) en 48 cuotas mensuales, las cuales no podrán exceder el 5% del monto de la pensión mensual. En esos casos, sera su misma compañía de seguros o pagador el que realizará los cobros respectivos.


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