SERNAC fiscaliza estacionamientos por cobros y seguridad

El SERNAC inició fiscalizaciones a más de 20 estacionamientos en el país para revisar tarifas, sistemas de cobro y medidas de seguridad ante robos o daños a vehículos.
Foto: Pexels

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) inició un proceso de fiscalización a servicios de estacionamientos en todo el país.

El objetivo es verificar que las empresas cumplan con la normativa vigente, especialmente con la Ley N° 20.967, que regula el cobro por estos servicios y establece obligaciones hacia los consumidores.

El despliegue considera más de 20 sucursales de estacionamientos a nivel nacional, aunque la institución no descarta ampliar el número de recintos fiscalizados durante el proceso.

Entre los principales aspectos que revisará el organismo están la forma en que las empresas informan los derechos y obligaciones de los usuarios, los sistemas de cobro aplicados y las medidas de seguridad implementadas en los recintos.

Según informó el servicio, la fiscalización busca constatar que las tarifas y modalidades de cobro se ajusten a lo establecido en la Ley del Consumidor. También revisará los protocolos de seguridad que aplican las empresas frente a situaciones como robos, hurtos o daños a los vehículos estacionados.

Empresas son responsables de la seguridad al interior de los estacionamientos

La normativa establece que los proveedores del servicio son responsables por la seguridad al interior de los estacionamientos. En caso de que un consumidor sufra un robo o daño en su vehículo debido a negligencias en las medidas de seguridad, la empresa debe responder por esos hechos.

Durante las inspecciones, el SERNAC revisará que la información sobre tarifas y modalidades de cobro esté disponible de forma clara para los usuarios. También verificará las condiciones de seguridad existentes en los recintos, como la presencia de cámaras, accesos controlados o personal encargado de vigilancia en tiempo real.

Respecto a las modalidades de cobro, la ley permite dos alternativas. La primera es cobrar por minuto efectivo de uso del servicio. La segunda opción es aplicar cobros por tramos de tiempo vencidos, donde el primer tramo debe ser de al menos media hora y los siguientes de, al menos, diez minutos. En cualquiera de los casos, la normativa prohíbe redondear o aproximar las tarifas al alza.

Exhibir de manera clara y visible los derechos de los usuarios

La legislación también establece obligaciones de información hacia los consumidores. Los estacionamientos deben exhibir de forma clara y visible los derechos de los usuarios, tanto en los accesos al recinto como en los lugares de pago. En esos espacios debe indicarse, además, que los consumidores pueden recurrir al SERNAC o a los juzgados de policía local si consideran que existe una infracción.

Otro de los derechos contemplados en la normativa es que las personas conozcan previamente el precio del servicio y la modalidad de cobro que utiliza el estacionamiento.

Asimismo, en caso de pérdida del comprobante de ingreso, la empresa debe revisar sus registros para determinar el tiempo efectivo de uso y cobrar el monto correspondiente a ese período.

La ley también establece que las empresas no pueden eludir su responsabilidad mediante avisos o carteles que señalen que no se hacen responsables por daños, robos o hurtos ocurridos dentro del recinto. Este tipo de advertencias contraviene lo establecido en la Ley del Consumidor.

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