Los cuestionamientos al estudio de impacto de las tasas de intercambio

Oficios del Comité de Tasas de Intercambio acusan errores metodológicos, uso de IA, falta de datos replicables y desconocimiento del mercado, factores que llevaron a poner fin al contrato con la consultora a cargo.
Foto: Jacob Lund - Adobe Stock

Una serie de oficios enviados por el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio a la consultora SCL Econometrics, hasta ahora no conocidos públicamente, permiten reconstruir en detalle las razones que llevaron a que en diciembre se decidiera poner término anticipado al estudio de impacto sobre la regulación de las tasas de intercambio en Chile.

Estos antecedentes cobran especial relevancia tras la decisión del Ministerio de Hacienda de dar por finalizado el contrato y convocar a una nueva licitación, y luego de que la consultora cuestionara públicamente los motivos. Cabe recordar que en octubre de 2024 debían reducirse las tasas de intercambio, pero un día antes de entrar en vigencia el comité decidió pausar la medida.

Si bien el informe de impacto permanece reservado por oposición de SCL Econometrics, los oficios del Comité permiten, por primera vez, conocer en detalle la posición de la autoridad y los argumentos que llevaron a descartar el trabajo realizado. Se trata de una serie de documentos —entre julio y octubre de 2025— a los que tuvo acceso Chócale, por medio de la Ley de Transparencia.

Entre los principales cuestionamientos se encuentran la estructura del informe, la validez de los datos, la consistencia de las conclusiones e incluso la comprensión del funcionamiento del mercado de los medios de pago.

El 31 de julio, el Comité determinó de forma unánime que el primer informe entregado por SCL Econometrics “no es posible aprobarlo ni solicitar, en este estado, a la Subsecretaría de Hacienda que proceda al pago asociado”, enumerando una serie de observaciones que debían corregirse para continuar con el estudio.

Entre ellas, criticó la extensión excesiva del documento, duplicidades de contenido, definiciones reiteradas de la tasa de intercambio y la ausencia de un hilo conductor que facilitara su comprensión.

Uso de IA en la redacción del primer informe

Pero el cuestionamiento fue más allá de lo meramente formal. El Comité advirtió “afirmaciones imprecisas o infundadas” destinadas a sustentar políticas públicas y señaló errores sobre el marco legal vigente, incluyendo referencias incorrectas a la Ley 21.365, que regula el funcionamiento del propio Comité.

Uno de los puntos más sensibles fue la advertencia sobre el uso de tecnología en la elaboración del informe. El Comité señaló que era “altamente probable el uso de herramientas de inteligencia artificial generativa en la redacción del documento”.

Foto: kkolosov - Adobe Stock

Si bien no cuestiona directamente la utilización de IA, sí solicitó expresamente que el texto fuera revisado por los consultores para evitar inconsistencias.

Tras una primera ronda de observaciones y reuniones, SCL Econometrics entregó una versión corregida del primer informe en agosto. Sin embargo, en septiembre, el Comité sostuvo que persistían algunas deficiencias.

Entre las correcciones solicitadas, se mencionó una descripción de la industria nacional y de sus actores relevantes; un resumen de los estudios y metodologías que el equipo asesor ha evaluado y la factibilidad de poder ser aplicadas; y una propuesta de toda la información que sería necesario requerir para cada una de las metodologías.

Problemas de precisión, consistencia y adjetivos “grandilocuentes”

El 28 de octubre, en un nuevo oficio, el Comité comunicó formalmente su “disconformidad” con la tercera versión del Informe 1, afirmando que no cumplía con las especificaciones exigidas por las bases de licitación y que ello hacía “imposible” su aprobación.

Se detalló la ausencia total del informe de validación de datos, la falta de memorias de cálculo, la inexistencia de una versión pública sin información sensible y errores en cifras para entender el mercado, como el número de comercios afiliados o la relevancia de las tarjetas de prepago en nuestro país.

Entre los comentarios, se menciona la identificación de "varios problemas de precisión y consistencia", como la regulación a los proveedores de servicios de pago (PSP); expresiones erróneas sobre la implementación de tasas de intercambio e incluso se mencionó "un joint venture inexistente entre dos bancos nacionales por el caso de B-Pago". A esas alturas, el informe tenía 243 páginas, lo que el comité consideró como "excesivo".

"No existe evidencia de que, durante la elaboración del informe, se haya evaluado la suficiencia o representatividad de los datos recopilados ni se recibió información sobre los filtros aplicados para detectar anomalías", señala el oficio. Al hablar de los casos internacionales, no se hicieron observaciones o comparaciones con las diferencias estructurales aplicables a Chile.

Incluso se critica el uso de adjetivos excesivamente enfáticos o grandilocuentes en el texto, así como expresiones que corresponden a juicios de valor, la inclusión de opiniones particulares de ejecutivos de la industria, errores en los pies de página, errores tipográficos, párrafos inconclusos, problemas en datos y figuras, y cifras "poco plausibles".

Solo un día después, el 29 de octubre, Loreto Neumann, presidenta del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio, envió un oficio a Alejandro Puente, coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, para exponer las dificultades en el desarrollo del estudio de impacto y recomendó poner término al contrato con SCL Econometrics.

"El Comité en todo momento ha cumplido sus obligaciones, velando por una adecuada ejecución del contrato y colaborando en todo lo que estaba a su alcance para el éxito de la consultoría, ya sea a través de reuniones, observaciones a las entregas o disponibilidad planteada a los adjudicatarios para efectuar reuniones individuales con los miembros, lo que no fue aceptado, persistiendo los incumplimientos", sostuvo Neumann.

Además, agregó que "lamentamos profundamente el mal resultado del estudio y la deficiente calidad de lo entregado por el adjudicatario, teniendo los miembros del Comité el deber, legal y moral, de no aprobar las entregas de un producto que no cumple con los requerimientos mínimos que permitan una adecuada evaluación de la fijación regulatoria nacional".

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