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Se fue a hacer surf y le robaron la camioneta: Corte Suprema confirma condena a Bci Seguros

El máximo tribunal rechazó por unanimidad el recurso de casación presentado por la aseguradora y confirmó el pago de $13.750.566 a cliente cuyo vehículo fue robado en Maitencillo en marzo de 2021.
Persona surfiando, edificio Corte Suprema, llaves de un auto.
Foto: Poder Judicial/Pexels

En un fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la condena contra Bci Seguros por incumplimiento de contrato de seguro automotor, ordenando el pago de una indemnización de $13.750.566 a un cliente cuyo vehículo fue robado en marzo de 2021 desde la playa El Abanico, en Maitencillo.

De esta forma, el máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado por la aseguradora y dejó firme la sentencia que determinó que el siniestro se encontraba cubierto por la póliza.

Los hechos se remontan al 18 de marzo de 2021, cuando, cerca de las 13:00 horas, el afectado llegó solo a la playa El Abanico. Ahí, estacionó su camioneta Mitsubishi L200, año 2016 y, antes de ingresar al mar dejó sus pertenencias en la playa. Entre ellas se encontraban las llaves del vehículo que guardó en el bolsillo de un short deportivo, el cual enrolló y ocultó bajo toallas, ropa y un quitasol.

Tras permanecer aproximadamente una hora y cuarto en el mar, el asegurado regresó cerca de las 14:45 horas y constató que la camioneta había sido sustraída, junto con las pertenencias que había dejado en la playa.

El afectado denunció el robo ese mismo día ante Carabineros y ante la compañía aseguradora. Sin embargo, Bci Seguros rechazó el pago de la indemnización, argumentando que el asegurado no empleó “el cuidado y celo de un diligente padre de familia” para evitar el robo.

Mitsubishi L-200 (Foto: Mitsubishi)

La controversia derivó en demanda por incumplimiento de contrato, la que fue acogida en primera instancia por el Tercer Juzgado Civil de Santiago y luego confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Finalmente, la Corte Suprema respaldó lo resuelto por los tribunales de fondo, al concluir que el asegurado cumplió con sus obligaciones contractuales y que la compañía no acreditó un incumplimiento que justificara el rechazo del siniestro.

La defensa de Bci Seguros

En su recurso ante la Corte Suprema, la aseguradora sostuvo que los tribunales anteriores se equivocaron al estimar que el asegurado había cumplido con sus obligaciones. Según planteó Bci Seguros, el contrato exigía al cliente adoptar medidas razonables para evitar el robo del vehículo y, a su juicio, dejar las llaves en la playa mientras practicaba surf no cumplía con ese estándar.

Asimismo, la compañía argumentó que esta conducta justificaba el rechazo del siniestro y que, por lo tanto, no correspondía el pago de la indemnización.

Sin embargo, el fallo de la Corte Suprema desestimó estos argumentos, destacando que los jueces de primera y segunda instancia establecieron que el asegurado sí actuó con el cuidado exigido por el contrato, considerando las circunstancias concretas en que ocurrió el robo y el lugar donde se desarrollaron los hechos.

En este sentido, los tribunales valoraron que el afectado ocultara las llaves entre sus pertenencias y aseguraron que su conducta se ajustó a prácticas habituales en ese entorno, descartando que se tratara de una actuación descuidada o imprudente.

Además, concluyeron que la aseguradora no presentó pruebas suficientes para demostrar que el robo ocurrió fuera de las condiciones cubiertas por la póliza.

La indemnización que deberá pagar la aseguradora

Definida la responsabilidad de la aseguradora y descartados los argumentos para excluir la cobertura, el fallo también abordó el cálculo de la indemnización que la compañía debía pagar al asegurado.

De este modo, el máximo tribunal confirmó el pago de $13.750.566, monto correspondiente al valor comercial del vehículo al momento del robo, una vez descontados el deducible y saldos pendientes, conforme a lo establecido en el contrato de seguro.

Cabe destacar que el tribunal de primera instancia había rechazado la solicitud de indemnización por daño moral, pero sí acogió el pago por la pérdida total del vehículo, decisión que fue ratificada en las instancias superiores.

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