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¿Te hicieron más de 50 transferencias? Así reportarán los bancos al SII

La medida tiene como objetivo identificar actividades económicas no formalizadas y se aplicará sin distinción a cuentas personales, pymes y empresas.
Ley de Cumplimiento Tributario y el reporte de 50 o 100 transferencias al SII

A partir del 1 de julio, los bancos e instituciones financieras deberán enviar al Servicio de Impuestos Internos (SII) los primeros reportes bancarios obligatorios sobre transferencias electrónicas, en el marco de la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.

Cabe recordar que esta normativa exige a las entidades financieras informar todas las cuentas bancarias que hayan recibido más de 50 transferencias desde distintos RUT en un mes o más de 100 en un semestre. En este sentido, el primer informe incluirá los movimientos realizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025.

En este contexto, la abogada socia de Tax & Legal de Forvis Mazars, Consuelo Muñoz, explicó a Chócale que esta obligación “busca identificar movimientos que podrían corresponder a actividades comerciales no formalizadas, especialmente en cuentas personales que registren un volumen alto de ingresos desde múltiples remitentes”.

Asimismo, aclaró que el criterio no se basa en los valores transferidos, sino en la frecuencia y diversidad de los abonos. “Para efectos del reporte, lo que se considera no es el monto de las transferencias, sino la cantidad de abonos recibidos desde diferentes personas o RUTs”, comentó.

La disposición afecta a cualquier titular de cuenta, ya sea persona natural, pyme o empresa. “En la práctica, la atención del SII estará centrada especialmente en personas o emprendimientos que realizan actividades económicas sin estar debidamente formalizados ante el Fisco”, agregó Muñoz.

Además, si un usuario posee varias cuentas en una misma institución financiera, se considerará el total de abonos acumulados en todas ellas para evaluar si se supera el umbral.

Las entidades financieras que deberán reportar son bancos, cooperativas de ahorro y crédito, las compañías de seguros y las entidades privadas de depósito y custodia de valores.

Por el momento, están excluidas de informar las tarjetas de prepago no bancarias, como Tenpo, Copec Pay, Global66, Mercado Pago, Tapp, entre otras. En enero pasado el gobierno presentó una indicación para sumarlas a la obligación, aunque el proyecto aún no es aprobado por el Congreso.

Fiscalización a las 50 transferencias: Los riesgos y posibles sanciones

El nuevo esquema de reportes establecido por la ley de Cumplimiento Tributario apunta a ampliar la base tributaria mediante una identificación más eficiente de ingresos informales. “Cuando se detectan transferencias asociadas a ventas o servicios y no existe inicio de actividades, el SII establecerá contacto directo con el contribuyente para orientarlo en su formalización”, comentó Muñoz.

En esta línea, la abogada señaló que este primer reporte no será necesariamente sancionatorio. "El objetivo del SII es educativo y correctivo: se espera que las personas comiencen a emitir boletas, declaren IVA y Renta, y mantengan sus antecedentes actualizados”, aseguró.

No obstante, Muñoz advirtió que, si la informalidad persiste en los reportes siguientes, podrían iniciarse procesos más complejos. “Si se identifican ingresos sin respaldo, el contribuyente puede enfrentar fiscalizaciones, cobros retroactivos e incluso multas. Por eso es clave contar con registros claros y ordenados”, añadió.

Así, las acciones del Servicio de Impuestos Internos variarán según el caso. “No todas las cuentas que superen los umbrales generarán fiscalización inmediata. Habrá un análisis del contexto. Las transferencias por actividades sociales o solidarias no activarán procesos de control, pero si hay indicios de venta de productos o servicios sin documentación tributaria, ahí sí se evaluarán medidas más estrictas”, sostuvo Muñoz.

Herramientas y consejos para prepararse

Justamente para apoyar a las personas que podrían verse afectadas por la nueva obligación, Aurora Sepúlveda, fundadora de LaContadora.cl, lanzó una guía práctica gratuita, disponible en video y redes sociales.

“Sabemos que los temas tributarios siempre son percibidos como complicados y por eso decidimos hacer esta guía para facilitarle el conocimiento a las personas”, señaló Sepúlveda.

El material —disponible en su canal de YouTube— explica qué situaciones activan el reporte, qué ocurre si se supera el umbral, qué exenciones existen y cómo enfrentar una eventual fiscalización.

“Esta es una situación que va a afectar a personas, emprendimientos, negocios no formalizados, y la idea es que todos puedan estar preparados para saber qué tienen que justificar ante el Servicio de Impuestos Internos, si ese es el caso”, comentó.

En este sentido, tanto Muñoz como Sepúlveda coincidieron en que quienes realizan ventas a través de redes sociales, rifas frecuentes o cualquier tipo de ingreso habitual deben regularizar su situación si creen que podrían superar los umbrales.

Iniciar actividades, emitir boletas, declarar IVA mensualmente y presentar la declaración anual de Renta es fundamental. El SII tiene herramientas para hacerlo fácil, especialmente para micro y pequeñas empresas”, aseguró Muñoz.

Finalmente, la abogada recomendó separar las finanzas personales de las del negocio. “Usar la misma cuenta para todo puede generar confusiones y errores que se pagan caro. Es mejor prevenir y mantener una contabilidad mínima, pero clara”, confirmó.





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