Los ministerios de Hacienda y Economía decidieron mantener en 35 Unidades de Fomento (UF) el umbral de devolución para operaciones desconocidas por los usuarios de medios de pago, una medida que generó críticas desde la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF).
La decisión, publicada este martes en el Diario Oficial, estableció que este límite se aplicará para los casos de extravío, hurto, robo o fraude relacionados con tarjetas y transacciones electrónicas.
La normativa, contemplada en el artículo 5 de la Ley N° 20.009, facultaba al Ejecutivo para fijar un rango de devolución entre 15 y 35 UF. No obstante, la resolución final de mantener el límite superior generó molestia en el gremio bancario, que consideró la medida insuficiente para reducir los denominados "autofraudes".
La ABIF reaccionó señalando que “la mejor opción para mitigar el surgimiento de autofraudes era determinar el límite superior para la devolución de las operaciones desconocidas en las 15 UF y no mantenerlo en 35 UF”.
Según el gremio, en los últimos 12 meses, las operaciones desconocidas aumentaron hasta siete veces, alcanzando cifras alarmantes para el sistema financiero. Aseguran que el deterioro del sistema frente a los fraudes se tradujo en devoluciones por US$80 millones solo en marzo de 2024, situación que consideran insostenible. “La decisión del Ejecutivo desconcierta y no es acorde a la realidad que buscaban abordar las modificaciones a la Ley de Fraudes”, enfatizó el gremio.
"Chile es el único país donde se observa una situación como la descrita, donde se ampara el engaño"
Asociación de Bancos (ABIF)
La ABIF también criticó la demora en la publicación de la normativa de factores de autenticación por parte de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), instrumento que sería clave para prevenir transacciones fraudulentas. Si bien la CMF cuenta con un plazo de 12 meses para emitir esta regulación, desde la ABIF instaron a acelerarla debido a “la gravedad de la situación”.
Fraudes al pizarrón: Casos cayeron un 80%
Pese a las críticas, los últimos informes evidencian una caída en los fraudes denunciados desde la implementación de las modificaciones a la ley. Según datos de la CMF, entre marzo y junio de 2024, los reclamos relacionados con fraudes en medios de pago cayeron de 128.134 a 24.600, lo que representa una disminución del 80%.
Además, los montos asociados a estos reclamos se redujeron un 88%, pasando de $85.934 millones en marzo a $10.184 millones en junio. Sin embargo, la ABIF recalcó que, a pesar de estos avances, “los niveles de autofraude continúan muy por encima de los observados en países desarrollados”.

Por su parte, el Banco Central también advirtió sobre la situación en su Informe de Sistemas de Pago de agosto de 2024. El ente emisor indicó que el fraude externo alcanzó su peak histórico a fines de 2023, con un aumento del 103% respecto a 2022, pero que este fenómeno mostró signos de mejora durante 2024. Las pérdidas reportadas disminuyeron de $74 mil millones en marzo a $18 mil millones en mayo.
La ABIF finalizó su comunicado reiterando la necesidad de que la CMF acelere la publicación de la normativa sobre autenticación, que busca fortalecer la seguridad de los pagos electrónicos y mitigar el alza de fraudes. “La implicancia directa de este actuar es mantener riesgos y costos que atentan contra el desarrollo del sistema de pagos y la inclusión financiera”, concluyó el gremio.
¿Qué dice la ley?
El artículo 5 de la Ley de Fraudes regula qué debe hacer un banco o emisor de tarjetas si un cliente reclama por una operación no reconocida, como un fraude o robo. Si el monto del reclamo es igual o inferior al límite (umbral) definido por la ley, que puede ser hasta 35 UF, el emisor debe devolver el dinero al cliente en un plazo de 10 a 15 días, dependiendo de la operación.
Si el monto supera ese límite, el emisor restituirá hasta el tope permitido por la ley en el mismo plazo y tendrá 7 días adicionales para revisar el caso. Si durante este tiempo encuentra pruebas de que el cliente actuó con dolo (engaño) o culpa grave, puede llevar el caso a un juez de policía local para resolverlo. Las entidades financieras están impedidas de ofrecer seguros que cubran fraudes que, por ley, ellos mismos deben asumir.
La norma establece que el Ministerio de Hacienda, junto al de Economía —y previamente habiendo consultado a la CMF— debe definir uno o más umbrales de restitución de dinero de acuerdo con lo establecido en la ley, los cuales podrán ser diferenciados por medios de pago y productos, pudiendo considerar los montos promedio de las operaciones reclamadas y otros criterios que permitan ponderar el buen funcionamiento del sistema financiero y velando por los intereses y protección a los usuarios.
Los umbrales no pueden ser inferiores a 15 UF ni estar por sobre las 35 UF.
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