Isapre Colmena expulsó a afiliada tras ‘sapear’ sus redes sociales y acusarla de incumplir licencia médica: Corte Suprema ordenó reincorporarla

Una paciente ganó un recurso de protección contra Isapre Colmena, que la había desafiliado por supuestamente vender productos cosméticos en redes sociales mientras estaba con licencia médica.

En junio la Corte Suprema revocó la desafiliación de una enfermera —que mantenía contrato con la Isapre Colmena Golden Crosstras denunciar el acto como "arbitrario e ilegal", argumentando que violaba sus derechos constitucionales.

La paciente, afiliada a la Isapre Colmena desde hacía cuatro años y madre de una guagua de tres meses, descubrió en julio de 2023 que su previsión de salud había sido bloqueada sin previo aviso.

Al consultar en la sucursal de la isapre, recibió una carta el 12 de mayo de 2023, informándole que su contrato de salud había sido terminado debido a un supuesto "incumplimiento contractual".

La isapre alegó que durante las licencias médicas otorgadas a Artiga, ella habría "promocionado y ofrecido productos cosméticos naturales por redes sociales", lo que no se condice con la naturaleza de sus licencias médicas, que incluían reposo absoluto por depresión, pre y postnatal. Colmena argumentó que esta actividad constituía un incumplimiento reiterado de los reposos médicos prescritos.

La defensa de la denunciante sostuvo que las publicaciones en su cuenta de Instagram eran solo un hobby y que no implicaban ingresos adicionales.

Además, presentó evidencia de que la única boleta de honorarios emitida por la venta de cosméticos fue en diciembre de 2022, cuando no estaba con licencia médica. La carta de Colmena no proporcionaba detalles verificables sobre cómo obtuvo la información de estas supuestas actividades comerciales.

Corte Suprema acusó falta de pruebas concretas por parte de Isapre Colmena

La Corte de Apelaciones de Talca inicialmente rechazó el recurso, afirmando que el contrato de salud requiere que las obligaciones y derechos sean cumplidos dentro del marco legal.

Sin embargo, la Corte Suprema, en su revisión, se centró en la falta de pruebas concretas de Colmena y en el hecho de que la actividad en Instagram no constituía un segundo ingreso ni un incumplimiento de las licencias médicas. Por esta razón, el máximo tribunal ordenó la reincorporación de la afiliada a la isapre con la cobertura de acuerdo con su plan original.

En el fallo, señaló que "no habiéndose cuestionado por la recurrente las actividades mercantiles llevadas a cabo por ella, y que la recurrida fundó el proceso de desafiliación de la recurrente del contrato de salud que las ligabas a ambas, conforme con la causal señalada en las letras a) y b) de la norma precitada".

Además, subrayó que "la licencia maternal no obliga a guardar reposo estricto en el hogar, puesto que la madre y la hija mantienen su libertad de circulación sin restricción".

La sentencia concluyó que "la acción de la recurrida carece de sustento fáctico, y, por lo tanto, constituye un actuar ilegal y arbitrario, vulnerando la garantía de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad que garantiza a la actora el artículo 19 N° 2 y 24 de la Constitución Política de la República".

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