
Cristián Reyes Cid, senior counsel Aninat Abogados

José Tomás Gutiérrez, asociado Aninat Abogados
Si bien la Ley Fintech fue dictada a principios del año 2023, todavía nos encontramos en plena etapa de implementación, tanto por el lado de las normas de carácter general que debe dictar la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), como de la recolección de los requisitos que las entidades deben cumplir para operar.
Adicionalmente, aún se están discutiendo las reglas aplicables al Sistema Finanzas Abiertas (SFA), no estando exenta de críticas la reciente NCG N° 514 de la CMF, especialmente en materia de protección de datos, lo que nos da a entender que todavía hay asuntos pendientes en esta materia. Así las cosas, es probable que recién en los próximos años veamos una ejecución más o menos plena de dicha normativa, sobre todo si consideramos los plazos fijados por la CMF al efecto.
En todo caso, en febrero del próximo año, las Fintechs debieran estar ya inscritas y autorizadas para operar. Sin embargo, hay empresas que, sin hacer un debido estudio, han estimado que no les es aplicable la Ley Fintech y hay otras que aún no lo saben. Muchos tienen la idea de que la norma solo aplica a empresas de criptoactivos o a crowdfunding, pero existen modelos de intermediación financiera y asesoría que, a lo menos, debieran ser analizados para confirmar o descartar su posible sometimiento a esta ley.
Los tiempos involucrados son cada vez más escasos y los plazos que la misma CMF tiene para dar respuesta al registro y licencia, son latos y podrían no calzar. El momento para ingresar ante la autoridad y evitar ser sancionada, es ahora.
A ello se agrega el hecho de que el listado de requisitos legales es extenso, cualquiera sea la actividad a desarrollar, aun considerando las excepciones y medidas de cumplimiento prudencial contempladas por la CMF. Estas exigencias no necesariamente son difíciles de cumplir y es posible que muchas empresas ya tengan gran parte de ellas, pero sí se requiere tiempo suficiente para adecuarlos, actualizarlos y, en algunos casos, elaborarlos.
Es fundamental considerar también el posible cuello de botella que existirá mientras más nos acerquemos a las fechas límite, razón por la cual no cabe duda de que este es el momento para que las empresas puedan evaluar su modelo de negocios, confirmando o descartando si son reguladas, y puedan desde ya reunir los requerimientos que les permitan operar con tranquilidad en nuestro país.
No debemos descartar que la Ley Fintech provoque la salida de muchos actores del mercado, dado que no todos tendrán la capacidad de cumplir con las exigencias. Pero, por otro lado, significará un impulso a aquellas empresas que tienen la vocación de seguir compitiendo y de buscar entregar la mayor seguridad y los mejores estándares posibles, tanto a autoridades como a clientes, e incluso, competidores, a fin de evitar todo tipo de cuestionamientos en este importante escenario de competencia que significa la innovación financiera.
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