El cierre de un negocio es una realidad que enfrentan muchos emprendedores en Chile. Este proceso requiere realizar el Término de Giro del negocio y en caso de no realizarse puede implicar multas o sanciones.
En el Servicio de Impuestos Internos (SII) se debe llevar a cabo el proceso para cerrar un negocio o emprendimiento. Durante el año pasado, cerca de 100 mil contribuyentes presentaron su solicitud voluntaria, online o presencial, ante el organismo.
Desde el SII, tienen la facultad de efectuar un término de actividades si los contribuyentes no presentan, en dos años o más, los formularios mensuales y anuales de impuesto. También, en aquellos negocios que lleven más de tres años declarando sin movimientos, siempre y cuando estos no presenten deudas o impuestos impagos.
“Muchas personas creen que cerrar su negocio implica sólo bajar las cortinas, sin saber que no formalizarlo ante el SII puede hacerlos pasar malos ratos. Si uno no realiza el término de giro de un emprendimiento o empresa y deja de cumplir con sus obligaciones tributarias se puede exponer a multas, por ejemplo, por no presentar los Formularios 29 o 22, o las Declaraciones Juradas de Renta correspondientes, aun cuando ya no realice operaciones", comentó Ricardo Pizarro, defensor nacional del Contribuyente.
¿Cómo puedo hacer el Término de Giro de mi empresa?
Para hacer el término de giro de tu negocio o empresa, debes ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos en www.sii.cl. En este lugar deberás acceder a tu usuario colocando el RUT y la Clave Tributaria o Clave Única.
Una vez en el sitio, debes buscar "Servicios Online", pulsar "Término de Giro" y luego hacer clic en "Declarar Término de Giro". Posteriormente, te pedirán indicar la fecha del final de la actividad de la empresa y efectuar la validación de datos para poder "Continuar" con el proceso.
Más adelante tendrás que completar la información que se te pida, como por ejemplo: IVA Crédito Fiscal a la fecha de Término de Giro, determinación del Impuesto Único del artículo 38 bis, los créditos disponibles, entre otros.
Al mismo tiempo, te pedirán cargar algunos antecedentes obligatorios en el sitio web. Estos dependerán de su régimen tributario y del tipo de contabilidad, los que deberán contar con distintas formalidades según el tipo de documento.
Finalmente, tendrás que esperar que el SII certifique el Término de Giro o en caso contrario te solicite nuevos antecedentes de la empresa. En caso de que el organismo acepte el cierre del negocio, si este no fue disuelto legalmente, tendrás la oportunidad de volver a iniciar actividades con el mismo RUT.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer el cierre de un negocio?
Los contribuyentes cuentan con un plazo de dos meses, desde el cese de actividades relacionadas con el giro, para efectuar la declaración ante el SII. En caso de que esto se presente fuera del plazo, el organismo aplicará multas, reajustes e intereses si es que tenía que pagar un tributo.
Mientras que el Servicio de Impuestos Internos tendrá seis meses para otorgar el certificado que acredita el cierre de la empresa. Este plazo comienza a correr desde que el trámite de Término de Giro pasa al estado "admitido" en el sitio web de la institución.
De todas formas, el Servicio tiene la facultad de hacer una fiscalización luego de que transcurra el plazo. Esta posibilidad se puede generar en caso de que el SII:
- Reciba documentación que cambie la determinación del contribuyente.
- Obtenga información extra (no disponible al hacer la solución).
- Establezca mediante una resolución fundada que la declaración es falsa.