Con el fin de favorecer la inclusión financiera, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó de forma unánime un proyecto de ley que elimina la información oncológica de pacientes que han padecido cáncer.
El principal objetivo de la iniciativa es poner fin a la discriminación que sufren estas personas al acceder a servicios y productos bancarios, una vez que han sido dados de alta.
Esta decisión lleva a la adición de una norma específica en la Ley 20.584, que dicta los derechos y deberes del individuo en relación con su atención en salud. En palabras precisas, se establece que “toda persona tiene derecho a la eliminación de la información clínica relacionada con un diagnóstico oncológico, de cualquier naturaleza u origen, para efectos de acceder a productos y servicios financieros”.
Dicha regulación es aplicable a entidades que son supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Estas instituciones estarán obligadas a borrar cualquier registro de dicha información, independientemente de su formato, después de tres años desde que se emite el alta médica.
Además, esta ley permite que cualquier individuo pueda solicitar la eliminación de dichos registros, ya sea para ellos mismos o en representación de otros pacientes. Las entidades que no cumplan con esta regulación serán sancionadas de acuerdo con la Ley 21.000.
Este proyecto, impulsado inicialmente por la diputada Marcia Raphael (RN) y respaldado por varios otros diputados, surgió debido a la discriminación que enfrentan las personas que han superado el cáncer. A menudo, estas personas se encuentran con barreras para llevar a cabo sus proyectos personales debido a que instituciones financieras y bancos les niegan créditos o seguros, a pesar de haber superado la enfermedad.
El concepto del “derecho al olvido oncológico” ya ha sido adoptado por el Parlamento Europeo y se ha materializado en varios países del viejo continente. La idea es que las aseguradoras y bancos no consideren el historial médico de personas que han tenido cáncer.