Qué es la portabilidad financiera: La Asociación de Bancos lo explica

El gerente general de la ABIF explicó qué es la portabilidad financiera, en qué beneficia la subrogación y profundizó en detalles de la ley.
Qué es la portabilidad financiera, explicado por el gerente general de la ABIF

El gerente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF), Luis Opazo, repasó los principales aspectos, explicó qué es y cómo opera la Ley de Portabilidad Financiera. Lo hizo esta semana durante el ciclo “Visión de Líderes” de Banco Itaú.

Opazo explicó que la portabilidad financiera simplifica una serie de procesos de cierre y apertura de productos financieros o la compra de deuda, para cambiarse de una entidad a otra.

Esto permite a los usuarios cambiarse de banco o institución de manera más fácil y simple. En muchos casos, incluso, de forma digital.

El año pasado hubo más de un millón de operaciones crediticias de reprogramación o refinanciamiento. Alrededor de un 28% de ellas consideró el cambio de institución bancaria.

¿Qué es la portabilidad financiera?

La ley de portabilidad tiene dos grandes aspectos, destacó Luis Opazo. Por una parte, establece un estándar de este proceso para cambiarse de un banco u oferente a otro. Cómo funciona, cuáles son los plazos y los requisitos.

El proceso de portabilidad comienza con una persona que se acerca a una nueva institución donde le interese ser cliente.

“El cliente va a autorizar a este nuevo oferente de crédito, que él gestione esta portabilidad. El cliente va a autorizar a que haga todo el trámite por él, de pedirle a la institución con la que actualmente tiene créditos, que informe a través de un certificado de liquidación, cuáles son las deudas del cliente, cuáles son las garantías asociadas a esas deudas, las tasas de interés, plazos, etcétera”.

Con esos antecedentes, más aquellos que la nueva institución le pida al cliente, como liquidaciones de sueldo actualizadas u otros documentos, el nuevo oferente va a evaluar el crédito.

¿Qué productos se pueden portar?

  • Todos los créditos, ya sean de consumo comerciales o hipotecarios.
  • Los productos rotativos, dentro de los cuales están líneas o tarjetas de crédito.
  • Productos financieros tales como cuentas corrientes o cuentas vista, entre otros.
  • Esto se aplica a personas, además de micro y pequeñas empresas con ventas hasta 25.000 UF al año.

La subrogación en el proceso de portabilidad financiera

En segundo lugar, la ley establece la figura de la subrogación. Hasta ahora, una persona con un crédito hipotecario que quería cambiarse de la institución A a la entidad B, involucraba una serie de trámites.

“El cliente tenía que ir a la institución A a alzar la garantía, dejar libre este bien raíz para que pueda ser usado por el banco 2. Luego, el cliente tenía que ir con la institución 2, al notario a establecer la escritura con las condiciones crediticias. Finalmente, tenías que ir al conservador para que la garantía reflejara las nuevas condiciones crediticias acordadas con los clientes”, dijo el gerente general de la ABIF.

Todo este proceso cambió. Con la figura de la subrogación, de cara al cliente, bastará con aceptar el nuevo crédito. Una vez que el nuevo banco o entidad paga el crédito a la institución original, finaliza el trámite. Esto significa ahorro de tiempo y reducir costo de los trámites.

Los plazos de la portabilidad

El ejecutivo explicó que, de cara a los clientes, existen una serie de procesos contemplados por la Ley, cada uno con sus plazos definidos:

  • 30 días. Plazo desde que el cliente autoriza la portabilidad para que la institución a la que se porta recopile todos los antecedentes en la institución antigua.
  • 7 días. Tiene de vigencia la oferta de portabilidad de la nueva institución.
  • 1 día. Una vez aceptada la oferta, al día siguiente los productos rotativos son posibles de usar en la nueva institución (cuenta corriente, línea de crédito, tarjetas).
  • En el caso de créditos, se traspasan una vez que la nueva institución paga los compromisos que tenía el cliente con la compañía de origen.

El gerente general de la ABIF destacó que la ley permite realizar procesos muy simples, que beneficiarán tanto a clientes como a la competencia en el sector. En ese sentido, hizo un llamado a los clientes a tomar decisiones informadas al momento de cambiar sus productos de institución.


Síguenos en Google News

Síguenos en Google News

Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp

Suscríbete al WhatsApp

Contenidos relacionados

Total
0
Compartir